Juzgado de 1.ª Instancia n.º 10 de Madrid,
En el presente procedimiento JVD 2429/10, seguido a instancia de Catalunya Banc, S.A., frente a Virginia Florentino Florentino y Juan José Sáez Arroyo, se ha dictado auto de fecha 25/7/14, cuyo tenor literal es el siguiente:
Procedimiento: Verbal desahucio falta pago 2429/2010.
Auto
Antecedentes de hecho
Primero.- En el presente juicio se ha dictado sentencia de fecha 13/6/14, que ha sido notificada a las partes en 20/6/14.
Segundo.- En la referida resolución en el nombre del demandado Juan José Sáez Arroyo por error se escribe el apellido 2.º del demandado Arrollo, cuando en realidad se debiera haberse escrito Arroyo.
Tercero.- Por el procurador Sr/a Vázquez, se ha presentado escrito solicitando la rectificación del error anteriormente reseñado.
Parte Dispositiva
Se rectifica el error de la sentencia de fecha 13/6/14, en el sentido de que donde dice Arrollo, debe decir Arroyo.
Modo de impugnación: Mediante recurso de reposición ante este Juzgado, no obstante lo cual, se llevará a efecto lo acordado.
El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de cinco días hábiles contados desde el siguiente de la notificación, con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso (artículos 451 y 452 de la LECn).
Y, para que sirva de notificación a don Juan José Sáez Arroyo en ignorado paradero, se expide la presente.
Madrid, 25 de julio de 2014.- El/la Secretario.
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