Doña ANA MARÍA LACALLE ESPALLARDO, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Murcia,
Por el presente, hago saber: Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el número de concurso 638/2007 y 639/2007, se ha dictado en fecha 24-09-2.014 auto de conclusión con el siguiente literal:
Debo declarar y declaro finalizada la fase de liquidación y la conclusión y archivo del concurso de acreedores de PATRICIA HERNÁNDEZ, S.L., y DISPIEL, S.A., así como la extinción de la persona jurídica.
Una vez firme esta resolución expídanse los despachos establecidos en los artículos 177.3 y 178.3 de la Ley Concursal, acordando la cancelación de su inscripción el los oportunos Registros Públicos.
Cesan las limitaciones de las facultades de administración y disposición, quedando el deudor responsable del pago de los créditos restantes
Los acreedores podrán iniciar o continuar ejecuciones singulares en tanto no se acuerde la reapertura del concurso.
Se declara aprobada la rendición de cuentas del Administrador Concursal -artículo 181.3- y el cese de su actuación.
Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma no cabe recurso alguno, de conformidad con el artículo 177.1 LC.
Lo acuerda y firma Francisco Cano Marco, Magistrado-Juez del Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Murcia, doy fe.
Murcia, 30 de septiembre de 2014.- La Secretaria Judicial.
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