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Documento BOE-B-2014-3716

Anuncio del Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas sobre resolución de expedientes sancionadores incoados a las sociedades que se relacionan en el anexo.

Publicado en:
«BOE» núm. 29, de 3 de febrero de 2014, páginas 4748 a 4749 (2 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Economía y Competitividad
Referencia:
BOE-B-2014-3716

TEXTO

Por el presente anuncio, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 59 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (LRJPAC), y dado que no ha podido ser efectuada la notificación en su último domicilio conocido, se notifica a las sociedades de auditoría que a continuación se relacionan, que en virtud de las atribuciones conferidas por el artículo 30 del texto refundido de la Ley de Auditoría de Cuentas (TRLAC), aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2011, de 1 de julio, la Presidenta del Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas ha dictado Resolución de expediente sancionador según anexo adjunto, por la comisión de una infracción grave de las tipificadas en el artículo 34.d) del texto refundido de la Ley de Auditoría de Cuentas.

Se indica a las sociedades de auditoría que la Resolución íntegra, junto con el resto de los documentos del expediente, están a su disposición en la sede de este Instituto (calle Huertas, 26, C.P. 28014 Madrid).

Se comunica también a las sociedades de auditoría que contra la resolución que se notifica podrán interponer recurso de alzada ante el Ministro de Economía y Competitividad, disponiendo para ello de un plazo de un mes, cuyo cómputo se iniciará el día siguiente a aquel en que tenga lugar la publicación del anuncio en el Boletín Oficial del Estado, o bien desde el siguiente al último día de exposición en el tablón de edictos del Ayuntamiento de su localidad, si dicha fecha fuese posterior (artículos 114 y 115.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común -LRJPAC-, y artículo 27.5 del texto refundido de la Ley de Auditoría de Cuentas, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2011, de 1 de julio).

La resolución del recurso de alzada pondrá fin a la vía administrativa (artículo 109.a de la LRJPAC). El transcurso del plazo de tres meses sin que sea notificada la resolución del recurso permitirá a la sociedad de auditoría de cuentas entenderlo desestimado por silencio administrativo e interponer recurso contencioso-administrativo, sin perjuicio de la obligación de la Administración de resolver aquél expresamente (artículo 115.2 de la LRJPAC).

En caso de no interponer recurso de alzada, la resolución que se notifica ganará firmeza, a todos los efectos, por el transcurso del plazo de un mes desde la fecha de la presente notificación (artículo 115.1 de la LRJPAC).

ANEXO:

Relación de: N.º de expediente, CIF y sociedad de auditoría de cuentas, fecha de resolución.

NTAU 33/2013, "AZMIRA AUDITORES, S.L.", C.I.F. B97903744, número de ROAC S1846, fecha de Resolución: 2 de enero de 2014.

NTAU 39/2013, "RUSSELL BEDFORD ANDALUCÍA, AUDITORES Y CONSULTORES, S.L.", C.I.F. B93165876, número de ROAC S2154, fecha de Resolución: 9 de enero de 2014.

Madrid, 30 de enero de 2014.- La Secretaria General, María Pilar Carrato Mena.

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