Contido non dispoñible en galego
Edicto
Doña Pilar Solanot García, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Alicante, por el presente
Hago saber: Que en el procedimiento Concurso Abreviado - 000785/2009-MJ sobre declaración de concurso de la mercantil Vissazzi Ocio, S.L., con domicilio en avenida Martínez Valero, n.º 3, local fondo norte 3 y 4, y C.I.F. número B-54172804, se ha dictado auto de fecha 25/09/2014, que contiene, entre otros, los siguiente pronunciamiento:
1.-Concluir el presente procedimiento concursal por estar en el supuesto de insuficiencia de bienes y derechos para atender los créditos contra la masa.
2.-Cesar las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor subsistente, salvo las que estén contenidas en la sentencia firme de calificación.
3.- Dar curso a la extinción de la entidad y el cierre de su hoja de inscripción en los registros públicos que corresponda, a cuyo efecto se expídanse los correspondiente mandamientos, firme la resolución, adjuntándose a los mismos testimonio de la presente resolución.
4.- Aprobar la rendición de cuentas de la administración concursal.
5.-La presente resolución se notificará mediante comunicación personal que acredite su recibo o por los medios a que se refiere el primer párrafo del artículo 23.1 de esta Ley y se dará a la misma la publicidad prevista en el artículo 24.
Modo de impugnación: No cabe recurso alguno.
Y para que sirva de publicación en el B.O.E., expido el presente en
Alicante, 25 de septiembre de 2014.- La Secretaria Judicial.
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