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Documento BOE-B-2014-37425

ZARAGOZA

Publicado en:
«BOE» núm. 259, de 25 de octubre de 2014, páginas 50787 a 50787 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2014-37425

TEXTO

Edicto

Doña M.ª Jesús López Marín, Secretaria judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Zaragoza,

Por el presente, hago saber:

1.º Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el n.º Sección I Declaración Concurso 328/2014-B y NIG n.º 50297 47 1 2014 0000278 se ha dictado en fecha 6 de octubre de 2014 Auto de Declaración de Concurso voluntario y abreviado del deudor Navegando Promociones Inmobiliarias, S.L., con CIF B84220946, cuyo domicilio lo tiene en Polígono Empresarium, nave A3, Oficina 4 Magnus, calle Ajedrea, n.º 20, de La Cartuja Baja (Zaragoza).

2.º Se ha acordado la intervención de las facultades de administración y disposición que seguirá ejerciendo el deudor.

3.º El llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la LC, será de un mes desde la publicación del presente.

La comunicación se formulará por escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos, y se dirigirá a la Administración Concursal. La comunicación podrá presentarse en el domicilio designado o podrá efectuarse por medios electrónicos.

4.º No se admitirá en el Juzgado comunicación de crédito alguna.

5.º La identidad de la Administración Concursal es la siguiente:

Don FRANCISCO GRACIA CARABANTES, con domicilio postal en calle Gil de Jasa, n.º 6, 2.º, de Zaragoza. Teléfono 976 23 83 34.

La dirección electrónica es la siguiente:

fgracia@graciacarabantes.com

6.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador/a y asistidos de Letrado/a (artículo 184.3 LC).

Zaragoza, 14 de octubre de 2014.- La Secretaria judicial.

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