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Documento BOE-B-2014-37992

MADRID

Publicado en:
«BOE» núm. 262, de 29 de octubre de 2014, páginas 51565 a 51565 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2014-37992

TEXTO

Doña María Dolores Sánchez Franco, Secretaria judicial del Jugado de lo Mercantil n.º 12 de Madrid, anuncia,

Que en el procedimiento concursal número 496/2012 instado por la Procuradora doña Vera Conde Ballesteros en representación de don Fernando Calera Izquierdo se ha dictado con fecha 15.10.2014 Auto de conclusión del concurso, cuya parte dispositiva es como sigue:

"Estimando la petición deducida por el Administrador concursal, a la que no se ha opuesto ni la concursada ni personados, debo acordar y acuerdo la conclusión del concurso voluntario de Fernando Calera Izquierdo, consignado bajo el n.º 496/2012 que fue declarado por Auto de fecha 23.11.2012, por inexistencia de bienes y derechos para satisfacer los créditos contra la masa, cesando el régimen de intervención de facultades sobre la concursada, quedando la deudora responsable del pago de los créditos restantes y pudiendo los acreedores iniciar ejecuciones singulares, todo ello sin perjuicio de la posible reapertura del concurso ante la aparición de bienes o derechos.

Dispongo la cancelación de su inscripción en los Registros Públicos en los que se anotó la declaración de concurso, a cuyo efecto expídase mandamiento, conteniendo testimonio de la resolución firme.

Debo acordar y acuerdo el cese en su cargo de la Administración concursal en su día nombrada.

Dese cumplimiento al art. 181 LC, para el supuesto de que no conste ya efectuado.

Notifíquese este Auto según lo dispuesto a las partes personadas, previniese de que contra él mismo no cabe recurso, de acuerdo a lo dispuesto en el art. 177.1.L.C.

Dese cumplimiento al art. 177.3 LC; La resolución firme que acuerde la conclusión del concurso se notificará mediante comunicación personal que acredite su recibo o por los medios a que se refiere el primer párrafo del artículo 23.1 de esta Ley y se dará a la misma la publicidad prevista en el segundo párrafo de dicho precepto y en el artículo 24. Se acuerda el carácter gratuito de la publicación en el Boletín Oficial del Estado.

Madrid, 15 de octubre de 2014.- Secretaria judicial.

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