Está Vd. en

Documento BOE-B-2014-38719

Resolución de la Autoridad Portuaria de Sevilla por la que se otorga concesión administrativa a Aquagestión Sur, Sociedad Limitada.

Publicado en:
«BOE» núm. 266, de 3 de noviembre de 2014, páginas 52506 a 52506 (1 pág.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Fomento
Referencia:
BOE-B-2014-38719

TEXTO

El Consejo de Administración de la Autoridad Portuaria de Sevilla, en uso de las facultades conferidas por el artículo 30.5.n) del Real Decreto Legislativo 2/2011, de 5 de septiembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante, ha otorgado con fecha 7 de octubre de 2014, una concesión administrativa para la ocupación de un área en el edificio del Acuario del Puerto de Sevilla, perteneciente al dominio público portuario estatal, situado en la margen izquierda del Canal de Alfonso XIII, en el Muelle de Las Delicias, con destino a la ejecución de las obras y explotación de un negocio de hostelería, y autorización para la cesión de uso y disfrute de la misma a la entidad Lifae, Sociedad Limitada.

Autorizado: Aquagestión Sur, Sociedad Limitada.

Plazo: Hasta el 30 de septiembre de 2039, con posibilidad de prórroga.

Tasas a abonar: Tasa por ocupación de terrenos (sin incluir las infraestructuras, superestructuras e instalaciones) de 6,036862 euros/metro cuadrado/año, IVA no incluido, que se aplicará a la superficie edificada ocupada de 516,50 metros cuadrados.

Tasa por ocupación de infraestructuras, superestructuras e instalaciones de 5.242,94 euros/año, IVA no incluido.

Tasa por el ejercicio de actividades comerciales industriales y de servicios en el dominio público portuario. El primer año del 8% del volumen de negocio anual habido en la unidad de negocio que constituye la concesión administrativa, con una cuantía mínima de 9.000 euros/año. El segundo año del 8% del volumen de negocio anual con una cuantía mínima de 14.000 euros/año. Del tercer al séptimo año del 8% del volumen de negocio anual con una cuantía mínima de 19.000 euros/año. Durante el resto de vigencia de la concesión, la cuantía anual de esta tasa se obtendrá por el sumatorio sucesivo resultante de aplicar al volumen de negocio anual, quedando fijada la cuantía mínima en 29.000 euros/año.

Lo que se hace público para general conocimiento.

Sevilla, 24 de octubre de 2014.- Carmen Castreño Lucas, Presidenta.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid