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Documento BOE-B-2014-38760

ALICANTE

Publicado en:
«BOE» núm. 267, de 4 de noviembre de 2014, páginas 52558 a 52558 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2014-38760

TEXTO

Edicto

Don Jorge Cuéllar Otón, Secretario judicial del Juzgado de lo Mercantil núm. 3 de Alicante con sede en Elche, por el presente

Hago saber: Que en este Juzgado se tramitan autos de Concurso de Acreedores núm. 000419/2010, siendo la concursada FORJADOS Y ACABADOS 2000, S.L., con CIF n.º B53571048 y N.I.G. 03065-66-2-2010-0000527, en el que se ha dictado Auto de fecha 13-10-14, que contiene entre otros los siguientes pronunciamientos:

1.-Se declara concluso el concurso de acreedores de FORJADOS Y ACABADOS 2000, S.L.

2.-Quedan sin efecto y se alzan las limitaciones de administración y disposición del deudor que vinieron en su día acordadas. Cesa el administrador concursal en su cargo.

3.-Se acuerda la extinción de FORJADOS Y ACABADOS 2000, S.L., decretándose la cancelación de sus hojas registrales de inscripción. Para su efectividad, líbrese mandamiento al Sr. Registrador Mercantil de la Provincia, entregándose al Procurador del deudor, así como testimonio de la presente resolución a fin del cierre de la hoja de inscripción de la sociedad. Líbrense igualmente mandamientos oportunos a los Registros públicos en los que se hubiese anotado la declaración del presente concurso, entréguense igualmente al Procurador.

4.-Cabe la posibilidad de reapertura del concurso si aparecen bienes o derechos dentro del plazo de cinco años, ante este Juzgado, en el mismo procedimiento, y al solo objeto de la liquidación concursal.

5.-Anúnciese por edictos en el Boletín Oficial del Estado de forma gratuita (ante la ausencia absoluta de activos) y en el tablón de anuncios del juzgado, y comuníquese a los juzgados a los que se haya notificado la declaración de concurso, entregándose los respectivos oficios al Procurador del deudor. Publíquese así mismo en el Registro Público Concursal.

6.-Se aprueba la rendición de cuentas formulada conforme al art. 181 LC.

Y para que sirva de publicación en el Boletín Oficial del Estado, expido el presente.

Elche, 13 de octubre de 2014.- El Secretario judicial.

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