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Documento BOE-B-2014-38994

Anuncio del Excmo. Ayuntamiento de La Palma del Condado por el que se da conocimiento de la Resolución de Alcaldía nº 1081/2014, de fecha 01/10/2014, de rectificación de Pliegos y nuevo plazo de presentación de ofertas del contrato mixto de suministros y servicios energéticos del alumbrado público de forma integral, y consumo energético de edificios municipales (Expte.: 18/2014-620).

Publicado en:
«BOE» núm. 268, de 5 de noviembre de 2014, páginas 52873 a 52875 (3 págs.)
Sección:
V. Anuncios - A. Anuncios de licitaciones públicas y adjudicaciones
Departamento:
Administración Local
Referencia:
BOE-B-2014-38994

TEXTO

RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA.

VISTO el Acuerdo adoptado en Sesión Ordinaria Plenaria de fecha 27 de junio de 2014, por el que se acordó, entre otras, la aprobación de la contratación mixta de Suministros y Servicios Energéticos del Alumbrado Público, servicio integral y consumo energético de Edificios Municipales con una duración de 12 años y un presupuesto de licitación de 4.506.443,40 euros, IVA excluido, más 946.353,12 euros de IVA; así como de aprobación de los Pliegos de Cláusulas Administrativas Particulares y los de Prescripciones Técnicas que regirán dicha contratación.

VISTO que el procedimiento de adjudicación se inició con la convocatoria de la licitación, que se anunció en el Diario Oficial de la Unión Europea el 13 de agosto de 2014, precediendo a la del Boletín Oficial del Estado de fecha 28 de agosto de 2014, y a la del Boletín Oficial de la provincia de Huelva de fecha 1 de septiembre de 2014; asimismo, en el Perfil del Contratante el 19 de agosto de 2014, publicándose además los Pliegos de Cláusulas Administrativas Particulares y los de Prescripciones Técnicas que rigen la licitación.

VISTO que por el órgano de contratación se sugiere la modificación de los Pliegos referenciados, y siendo la fecha límite para la presentación de ofertas la del 2 de octubre de 2014, se plantea antes de dicha finalización las siguientes correcciones a los mismos:

Con respecto al Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares debe suprimirse la cláusula 28.1.5. Prestaciones no Incluidas, que reflejaba lo siguiente:

"28.1.5. Prestaciones no Incluidas.

a) Suministro y transporte de piezas de recambio que no estén cubiertas por la Garantía Total.

b) Las visitas reglamentarias, con excepción de las previstas explícitamente a cargo del Adjudicatario y actuaciones de legalización de las instalaciones.

c) Las intervenciones producidas como consecuencia de actos vandálicos o malintencionados en las instalaciones de alumbrado público, con excepción de las luminarias.

d) Los trabajos realizados para adecuar las instalaciones a nuevas normativas no existentes en la fecha de contrato.

e) Los trabajos de equipamiento, de transformación y de reestructuración o modificación de las instalaciones no previstos en la Garantía Total.

f) Averías en líneas eléctricas y cuadros de mando y protección.

g) Cualquier actuación en los soportes.

h) Robo de cableado.

Estas prestaciones fuera de contrato serán facturadas, después de la ejecución de las prestaciones definidas y tras un presupuesto debidamente aceptado por el Ayuntamiento de LA PALMA DEL CONDADO."

Respecto al Pliego de Prescripciones Técnicas, debe sustituirse la redacción del primer párrafo del ARTÍCULO 5.- MODIFICACIONES DE LAS INSTALACIONES.

Donde dice: "El Contratista estará obligado a la realización de modificaciones en instalaciones existentes que se encuentren fuera del marco legal vigente, de acuerdo con las indicaciones al respecto proporcionadas por el Servicio y previa aprobación del presupuesto de la actuación a realizar, que será de abono independiente de los precios de conservación."

Debe decir: "El Contratista estará obligado a la realización de modificaciones en instalaciones existentes que se encuentren fuera del marco legal vigente, de acuerdo con las indicaciones al respecto proporcionadas por el Servicio."

Debe además sustituirse la redacción completa del ARTÍCULO 13. REPARACIONES POR DAÑOS VANDÁLICOS, COLISIONES Y TRABAJOS DIVERSOS.

Donde dice: "El Servicio decidirá sobre la realización de estas reparaciones, en función de las circunstancias que concurran.

El Contratista estará obligado a la entrega, en los almacenes municipales, u otros lugares que se le indiquen, todos los materiales no aprovechables que por cualquier motivo fueren retirados de las instalaciones, salvo por daño o rotura imputables al Contratista, ya que en este caso no serían abonables, y los restos quedarían en su poder.

Los trabajos que exijan las reposiciones por vandalismos serán certificados una vez comprobada su correcta realización."

Debe decir: "El Contratista estará obligado a la entrega en el Ayuntamiento de una relación de los trabajos que exijan las reposiciones por vandalismos una vez se hayan reparado y se compruebe su correcta realización."

Y asimismo, debe sustituirse la redacción del segundo párrafo del artículo 16.1.- ALUMBRADO FESTIVO Y NAVIDEÑOS.

Donde dice: "El Ayuntamiento facilitará a la ESE los elementos y componentes de las instalaciones del alumbrado ornamental, y la ESE se encargará de la adecuación, montaje y desmontaje de las instalaciones de las mismas."

Debe decir: "La ESE se encargará de la adecuación, montaje y desmontaje, incluido los elementos y componentes de las instalaciones del alumbrado ornamental del Alumbrado Navideño, Feria, Festividad de la Virgen del Valle, Mercado Navideño, Habas con Poleo, Carnaval u otros de interés general."

De conformidad con lo expuesto, a tenor del artículo 210 del TRLCAP sobre las prerrogativas que ostenta la Administración, y en virtud del artículo 21.1.s) de la Ley 7/85 de 2 de abril Reguladora de las Bases de Régimen Local HE RESUELTO:

Primero.- Aprobar las rectificaciones sugeridas en los pliegos que rigen la licitación del contrato mixto de Suministros y Servicios Energéticos del Alumbrado Público, servicio integral y consumo energético de Edificios Municipales, aprobados en el Pleno ordinario de fecha 27/06/2014:

- Supresión de la cláusula 28.1.5. PRESTACIONES NO INCLUIDAS del PCAP.

- Modificación de la redacción del primer párrafo del ARTÍCULO 5.- MODIFICACIONES DE LAS INSTALACIONES del PPT.

- Modificación de la redacción completa del ARTÍCULO 13.- REPARACIONES POR DAÑOS VANDÁLICOS, COLISIONES Y TRABAJOS DIVERSOS del PPT.

- Modificación de la redacción del segundo párrafo del artículo 16.1.- ALUMBRADO FESTIVO Y NAVIDEÑOS del PPT.

Segundo.- Proceder a la publicación de esta Resolución, así como de los Pliegos rectificados en el Perfil del Contratante antes de la finalización del plazo de presentación de ofertas. Asimismo, publicar la existencia de dichas rectificaciones en el DOCE, BOE y BOP de la provincia de Huelva, debiendo preceder la del DOCE a cualquier otra.

Tercero.- Dese una ampliación del plazo de presentación de ofertas de cincuenta y dos días contados desde la fecha de envío del nuevo anuncio al DOCE.

Cuarto.- Ratificar esta Resolución en el Próximo Pleno de la Corporación que se celebre.

Lo decreta y firma el Sr. Alcalde, D. Manuel García Félix, en La Palma del Condado a fecha de firma electrónica al margen.-

La Palma del Condado, 24 de octubre de 2014.- El Alcalde-Presidente.

ANÁLISIS

Modalidad:
Otros
Tipo:
Mixto - Suministros
Procedimiento:
Abierto
Ámbito geográfico:
Andalucía
Materias (CPV):
09000000 Derivados del petróleo, combustibles, electricidad y otras fuentes de energía
31000000 Máquinas, aparatos, equipo y productos consumibles eléctricos; iluminación
45000000 Trabajos de construcción
50200000 Servicios de reparación y mantenimiento
Observaciones:
Corrige texto y amplía plazo del anuncio publicado el 28 de agosto de 2014 (Ref. BOE-B-2014-30511).
Suministros, obras y servicios.

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