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Documento BOE-B-2014-39259

BILBAO

Publicado en:
«BOE» núm. 271, de 8 de noviembre de 2014, páginas 53230 a 53230 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2014-39259

TEXTO

Edicto

El Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Bilbao,

Anuncia: Que en el procedimiento concursa! número 513/2013, en el que figura como concursado/a Comercial Nivel Dos, S.L., con CIF B-48161178, se ha dictado el 27/10/2014 auto declarando concluso el concurso y el archivo de las actuaciones cuya parte dispositiva dice:

1.- Se declara concluso el procedimiento concursa! número 513/2013 referente al deudor Comercial Nivel Dos, S.L., por insuficiencia de la masa activa para la satisfacción de los créditos contra la masa y se acuerda el archivo de las actuaciones.

2.- Se acuerda el cese de las limitaciones a las facultades de administración y disposición del deudor que estuvieran subsistentes.

3.- Se acuerda la extinción de la persona jurídica deudora, procediendo el cierre de su hoja de inscripción en el Registro de Mercantil de Bizkaia a cuyo efecto se expedirá mandamiento al citado Registro.

4.- Líbrense mandamientos de cancelación de la inscripción de declaración de concurso a los Registros en los que se inscribió dicha declaración.

5.- Anúnciese la resolución en el Boletín Oficial del Estado y en el Registro Público Concursal.

La publicación en el Boletín Oficial del Estado tendrá carácter gratuito por insuficiencia de bienes y derechos de la masa activa.

6.- Comuníquese la conclusión del concurso a los órganos judiciales administrativos a los que se ordenó la suspensión de los procedimientos de ejecución contra el patrimonio del deudor, a fin de que procedan, en su caso, a su archivo definitivo.

7.- Sí dentro del plazo de cinco años aparecieren nuevos bienes o derechos del deudor, se procederá conforme a lo dispuesto en el artículo 179 y siguientes de la LC.

8.- Se declaran aprobadas las cuentas presentadas por la administración concursal.

Contra este auto no cabe recurso alguno (artículo 177.1 de la LC).

Bilbao, 27 de octubre de 2014.- La Secretario judicial.

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