La sucesión en el título de Conde del Vado Glorioso ha sido solicitada por don Rafael de Murga Calvo, por fallecimiento de su tía, doña María Victoria de Murga Monge, lo que se anuncia por el plazo de treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto, a los efectos del artículo 6º del Real Decreto de 27 de mayo de 1912, en su redacción dada por Real Decreto 222/1988, de 11 de marzo, para que puedan solicitar lo conveniente los que se consideren con derecho al referido título.
Madrid, 23 de octubre de 2014.- El Director, Jorge García-Figueras López.
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