Edicto
En el presente procedimiento ordinario 2081/2012 seguido a instancia de Aislamientos González Márquez, S.L. frente Escuela Virgen de la Cinta, S.L. se ha dictado sentencia cuyo tenor literal es el siguiente:
La Ilma. Sra. Dña. Isabel María Alastruey Ruiz, Magistrada-Juez de Primera Instancia número 3 de los de esta ciudad y su partido judicial, ha pronunciado lo siguiente:
Sentencia n.º 155
Vistos los presentes autos de Juicio Ordinario seguidos en este Juzgado al número 2081/2012 a instancia de AGONMAR, S.L. representada por el Procurador Sra. Méndez Landero contra Escuela Infantil Virgen de la Cinta, S.L. en situación procesal de rebeldía.
Fallo
Que debo estimar y estimo la demanda formulada por la representación procesal de AGONMAR, S.L. contra Escuela Infantil Virgen de la Cinta, S.L. y, en consecuencia, condenar a la demandada a pagar la cantidad de 108.606 euros e intereses legal desde la interpelación judicial, así como al pago de las costas causadas en la instancia.
La presente resolución no es firme y contra la misma cabe interponer recurso de apelación ante este Juzgado para la Ilma. Audiencia Provincial de Huelva en el plazo de veinte días desde su notificación, previa constitución del depósito legal y abono de la tasa judicial.
Así por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.
Y encontrándose dicho demandado, Escuela Infantil Virgen de la Cinta, S.L., en paradero desconocido, se expide el presente a fin que sirva de notificación en forma al mismo.
Huelva, 6 de mayo de 2014.- El/La Secretario/a Judicial.
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid