Está Vd. en

Documento BOE-B-2014-40094

Resolución EMO/2014 del Departamento de Empresa y Ocupación de los Servicios Territoriales en las Terres de l'Ebre, de 23 de octubre, por la que se otorga a la empresa Repsol Butano, S.A. la autorización administrativa y la aprobación del proyecto de ejecución del centro de almacenamiento de GLP y la red de distribución para el suministro de gas propano canalizado en el término municipal de Bot (exp. I0620/003/14).

Publicado en:
«BOE» núm. 276, de 14 de noviembre de 2014, páginas 54359 a 54362 (4 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Comunidad Autónoma de Cataluña
Referencia:
BOE-B-2014-40094

TEXTO

En fecha 8 de abril de 2014, la empresa Repsol Butano, S.A., con domicilio social en Méndez Álvaro, 44, de Madrid, solicitó la autorización administrativa y aprobación del proyecto de ejecutivo de las instalaciones de suministro y distribución de gas propano canalizado, en el término municipal de Bot, de acuerdo con la Ley 34/1998, de 7 de octubre, del sector de hidrocarburos, modificada por la Ley 12/2007, de 2 de Julio.

La empresa mencionada ha presentado el proyecto correspondiente en el cual se definen las instalaciones necesarias para la realización de la conducción y el suministro de gas natural.

Término municipal afectado: Bot (Terra Alta).

Características y descripción de las instalaciones:

El proyecto contempla la construcción de un centro de almacenamiento de Gas licuado del Petróleo (GLP)y de la red de distribución con MOP-2 bar a instalar en el término municipal de Bot.

La tubería de gas propano en MOP-2 bar tiene su inicio a la planta de GLP que se instalará en una parcela al norte de la población, junto a las piscinas municipales, en el término municipal de Bot. A partir de aquí, la red de MOP-2 bar distribuye el gas en tubería de polietileno de media densidad SDR 11, y se extenderá por las calles del núcleo urbano de Bot en tubería de polietileno en diámetros nominales PE-90mm, PE-63mm y PE-40mm.

La longitud total de las conducciones de la red de distribución en MOP-2 bar en el término municipal de Bot es de 2.231 metros aproximadamente.

El depósito de Gas Licuado del Petróleo (GLP) tiene una capacidad de almacenamiento de 38 m³ de GLP.

Presupuesto: 118.269,13 euros.

Esta solicitud de autorización administrativa ha sido sometida a un periodo de información pública mediante el Anuncio publicado en el DOGC núm. 6671, de 24.7.2014; en el BOE núm. 203, de 21.8.2014, en los diario L'Ebre de 8.8.2014 y Diari de Tarragona de 1.8.2014.

Paralelamente, se enviaron las correspondientes separatas del proyecto al Ayuntamiento de Bot y al conjunto de organismos afectados, Servicios territoriales en las Terres de l'Ebre del Departamento Territorio y Sostenibilidad, Servicios Territoriales en las Terres de l'Ebre del Departamento de Empresa y Empleo, Diputación de Tarragona, Endesa Distribución eléctrica,SLU, los cuales no han presentado objeciones, y Telefónica, S.A., que no se ha manifestado en el procedimiento.

De acuerdo con la Ley 34/1998, de 7 de octubre, del Sector de Hidrocarburos; el Real Decreto 1434/2002, de 27 de diciembre, por el cual se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimiento de autorización de instalaciones de gas natural; el Decretos 2913/1973, de 26 de octubre, por el cual se aprueba el Reglamento General del Servicio Público de Gases Combustibles; el Decreto 1775/1967, de 22 de julio, sobre régimen de instalación, ampliación y traslado de industrias; el Real Decreto 919/2006, de 28 de julio, por el cual se aprueba el Reglamento técnico de distribución y utilización de combustibles gaseosos; la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y la Ley 13/1989, de 14 de diciembre, de organización, procedimiento y régimen jurídico de la Administración de la Generalitat de Cataluña.

Resuelvo:

Otorgar a la empresa Repsol Butano, S.A. la autorización administrativa y la aprobación del proyecto de ejecución del centro de almacenamiento de GLP y la red de distribución para el suministro de gas propano canalizado en el término municipal de Bot.

Los bienes y derechos afectados por esta autorización administrativa son los que figuran al Anuncio publicado al DOGC núm. 6671, de 24.7.2014: al BOE núm. 203, de 21.8.2014, en los diarios L'Ebre de 8.8.2014 y Diari de Tarragona de 1.8.2014, y expuestos en el tablón de anuncios de los Servicios Territoriales del Departamento de Empresa y Empleo en les Terres de l'Ebre.

Esta autorización administrativa se otorga sometida a las condiciones generales que prevén la Ley 34/1998, de 7 de octubre; el Decreto 2913/1973, de 26 de octubre; el Decreto 1775/1967, de 22 de julio, y bajo las condiciones especiales siguientes:

1. Las instalaciones objeto de esta autorización administrativa se harán de acuerdo con las especificaciones y los planos que figuran al proyecto técnico definitivo de fecha marzo 2014, con posterior modificación parcial en fecha 24 de julio de 2014, firmado por el ingeniero técnico industrial señor Ignasi Valgañón Barbera, colegiado núm. 21.125, presentado por la empresa solicitante, el cual ha servido de base para la tramitación del expediente. La construcción y el funcionamiento de estas instalaciones se someten a lo que establece la Ley 9/2014, de 31 de julio, de seguridad industrial; el Reglamento de redes y conexiones de servicio de combustibles gaseosos, aprobado por la Orden de Ministerio de Industria y Energía de 18 de noviembre de 1974,modificado por las órdenes de 26 de octubre de 1983 y 6 de julio de 1984, y sus ITC-MIG; el Decreto 120/1992, de 28 de abril (DOGC núm. 1606, de 12.6.1992), por el cual se regulan las características que tienen que cumplir las protecciones a instalar entre las redes de diferentes suministros públicos que discurren por el subsuelo, y la orden de 5 de julio de 1993 (DOGC núm. 1782,de 11.8.1993) que lo despliega, y otro reglamentos técnicos específicos que le sean aplicables y disposiciones de aplicación general.

2. El peticionario tiene que solicitar la autorización administrativa correspondiente para hacer cualquier modificación del proyecto aprobado.

3. El plazo para llevar a cabo las instalaciones y la puesta en funcionamiento es de doce meses, contados a partir de la fecha de otorgamiento de la presente autorización administrativa.

4. Los Servicios Territoriales podrán realizar, durante las obras y cuando se hayan acabado, las comprobaciones y las pruebas que consideren necesarias en relación con el cumplimiento de las condiciones de esta resolución. Con esta finalidad el peticionario comunicará a los Servicios Territoriales la fecha de inicio de las obras, la de realización de las pruebas y cualquier incidencia relevante.

5. Una vez ejecutadas las obras, la empresa peticionaria solicitará al Departamento de Empresa y Empleo el acta de puesta en servicio de las instalaciones, adjuntando el certificado de dirección y de finalización de obra firmado por un técnico competente, que acredite que las instalaciones se ajustan al proyecto aprobado y a la normativa aplicable. A este certificado se adjuntarán los planos de la red de distribución, con indicación concreta de las separaciones de edificaciones y profundidades, así como las válvulas de corte de la red y las actas de pruebas y controles reglamentarios, de acuerdo con el que dispone la resolución de la Dirección general de Energía de 20 de agosto de 1992 (DOGC núm. 1656, de 14.10.1992).

6. Los cruces especiales y otras afectaciones de bienes de dominio público se harán de acuerdo con las condiciones técnicas impuestas por los organismos competentes afectados.

7. El peticionario asegurará la vigilancia, el mantenimiento y la reparación correctas de las instalaciones durante la construcción y después de su puesta en funcionamiento, para garantizar que en todo momento cumplen las condiciones reglamentarias de seguridad.

8. Se tiene que dar cumplimiento a lo que prevé el título 5 de la Ley 34/1998, de 7 de octubre, del sector de hidrocarburos, en cuanto a imposición de servidumbres y limitaciones de dominio.

9. Esta autorización quedará sin efecto por cualquiera de las causas señaladas al artículo 34 del Decreto 1775/1967, de 22 de julio, por incumplimiento de las condiciones estipuladas, por el hecho de facilitar datos inexactos y por cualquier otra causa excepcional que lo justifique.

10. Esta autorización administrativa se otorga sin perjuicio de terceros y con independencia de las autorizaciones, las licencias y otros permisos de competencia municipal, provincial u otros que sean necesarios para la realización de las instalaciones autorizadas.

La entidad peticionaria Repsol Butano, S.A. tiene que constituir, en el plazo de dos meses a contar de la fecha de publicación de esta Resolución al DOGC, una fianza por un valor de 2.365,38 euros, el importe del 2% del presupuesto que figura al proyecto técnico de las instalaciones presentado, para garantizar el cumplimiento de sus obligaciones de acuerdo con el artículo 73.4 de la Ley 34/1998, de 7 de octubre del sector de hidrocarburos, y el artículo 82 del Real Decreto 1434/2002, de 27 de diciembre.

Esta fianza se tiene que depositar a la Caixa General de Depósitos de la Generalitat de Cataluña, a disposición de la directora de los Servicios territoriales, en valores del Estado, aval bancario o en metálico, según lo dispone el artículo 11.3 del Decreto 1775/1967, de 22 de julio, sobre régimen de instalación, ampliación y traslado de industrias, o mediante contrato de seguro concertado con entidades de seguros de las sometidas a la Ley 30/1995, de 11 de noviembre.

En el plazo de 30 días desde la constitución de la fianza mencionada, Repsol Butano, S.A. tiene que acreditar documentalmente ante los Servicios Territoriales en las Terres de l'Ebre el depósito efectuado.

La fianza se devolverá cuando, una vez autorizadas y construidas las instalaciones en los plazos fijados a las autorizaciones que se otorguen para su montaje, los Servicios Territoriales formalicen el acta de puesta en servicio de las instalaciones.

Contra esta Resolución, que no agota la vía administrativa, se puede interponer recurso de alzada ante el director general de Energía, Minas y Seguridad Industrial del Departamento de Empresa y Empleo, en el plazo de un mes a contar del día siguiente de su publicación, de acuerdo con el que dispone el artículo 114 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Tortosa, 23 de octubre de 2014.- Mercè Miralles Guerrero, Directora de los Servicios Territoriales en las Terres de l'Ebre.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid