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Con fecha de 5 de noviembre de 2014, considerando la concurrencia de determinadas deficiencias no subsanables en las normas de preparación del contrato, con ocasión del expediente cuya convocatoria fue publicada en el «Boletín Oficial de Estado» número 259, de 25 de octubre de 2014, la Dirección de la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios, de conformidad con lo establecido en el artículo 155.4 de del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público (Real Decreto legislativo 3/2011, de 14 de noviembre), ha acordado:
Desistir del procedimiento seguido hasta la fecha, derivado del expediente número 2014/22706/023 cuyo objeto es la ejecución del "Servicio de Consultoría Tecnológica para la Oficina de Proyectos de la AEMPS".
Contra esta Resolución podrá interponerse:
- Con carácter potestativo Recurso Especial en Materia de contratación previsto en los artículos 40 y siguientes del Texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, en el plazo máximo de quince días hábiles contados desde el siguiente a aquél en que se remita la notificación de este acto.
- O bien, recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado Central de lo Contencioso Administrativo que corresponda conforme a lo dispuesto en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa en el plazo de dos meses a contar desde la notificación de este acto.
Madrid, 7 de noviembre de 2014.- La Directora de la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios, P.D. (Resolución de 28 de marzo de 2000, BOE n.º 88, de 12/04), el Secretario General, Francisco Javier Muñoz Aizpuru.
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