De conformidad con lo establecido en el art. 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, no habiendo podido notificar a D.ª Halima Mohamed Abdeselam, el requerimiento de desalojo voluntario acordado por este Organismo con fecha 26/08/2014, se le hace saber que, de la documentación obrante en este Organismo, se desprende que se encuentra incursa en causa de resolución de la cesión de uso de la vivienda militar sita en Ceuta, por la causa contemplada en el art. 10.1. letra g) de la Ley 26/1999, de 9 de julio.
De acuerdo con lo anterior, mediante el presente anuncio se le requiere para que proceda a desalojar voluntariamente la vivienda, en el plazo de un mes, desde la presente publicación, dejándola libre de personas, muebles y enseres, y poniéndola a disposición del Área de Patrimonio de la Subdelegación de Defensa en Ceuta.
En caso contrario se le incoará expediente administrativo de desahucio.
Madrid, 13 de noviembre de 2014.- La Jefe de Área de Expedientes de la Subdirección General de Gestión.
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