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Documento BOE-B-2014-4076

MADRID

Publicado en:
«BOE» núm. 32, de 6 de febrero de 2014, páginas 5183 a 5183 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN
Referencia:
BOE-B-2014-4076

TEXTO

Edicto

Cedula de notificación.

En el procedimiento de referencia se ha dictado la resolución del tenor literal siguiente:

Sentencia número 247/10.

En Madrid, a 9 de Septiembre de 2010.

Vistos por mi Carmen Simón Sánchez Juez del Juzgado de Primera Instancia número 10 de Madrid, los presentes autos de juicio ordinario, seguidos bajo el número 342/09, promovidos a instancia de Dyrecto Estrategia de Inversión, S.L., asistido del Letrado Sr. San Román Carneros y representado por el procurador Sr. García Cornejo, contra Hotel Sanlúcar, S.L., en situación procesal de rebeldía, versando sobre reclamación de cantidad.

Fallo

Que, estimando la demanda que ha dado origen al presente procedimiento, interpuesta por Sr. García Cornejo, actuando en nombre y representación de la mercantil Dyrecto Estrategia de Inversión, S.L. contra Hotel Sanlúcar, S.L, debo condenar y condeno Hotel Sanlúcar, S.L., a que abone a Dyrecto Estrategia de Inversión, S.L., la cantidad de treinta y ocho mil novecientos noventa y nueve euros con tres céntimos (38.999,03 euros), más los intereses legales que tal cantidad haya devengado desde la interposición de la demanda, así como al pago de las costas causadas en el procedimiento.

Notifíquese esta resolución a las partes haciéndoles saber que la misma no es firme y contra ella podrán interponer recurso de apelación para ante la Ilustrísima Audiencia Provincial de Madrid, en el plazo de cinco días hábiles a partir de tal notificación, mediante escrito presentado en este Juzgado, preparándolo.

Así por esta mi sentencia, de la que se expedirá testimonio para su unión a los autos, definitivamente juzgando en esta instancia, lo pronuncio, mando y firmo.

Publicación. Dada, leída y publicada fue la anterior resolución en el día de su fecha, por la Ilustrísima Sra. Magistrado que la dictó, hallándose la misma celebrando audiencia pública, de lo que doy fe.

Y como consecuencia del ignorado paradero de Hotel Sanlúcar, S.L., se extiende la presente para que sirva de cédula de notificación.

Madrid, 21 de enero de 2014.- El Secretario.

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