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Documento BOE-B-2014-4078

MARBELLA

Publicado en:
«BOE» núm. 32, de 6 de febrero de 2014, páginas 5185 a 5185 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN
Referencia:
BOE-B-2014-4078

TEXTO

Edicto

En el presente procedimiento Procedimiento Ordinario 924/2011, seguido a instancia de Entidad Urbanística de Conservación La Zagaleta frente a Raoul Tetaz se ha dictado sentencia, cuyo encabezamiento y fallo es del tenor literal siguiente:

Sentencia número 110/12.

En Marbella, a 23 de julio de 2012. Vistos por mí, don Francisco Alberto Campos Campano, Juez sustituto del Juzgado de Primera Instancia número 1, de esta ciudad y su partido, don Francisco Alberto Campos Campano, ha visto los presentes autos de Juicio Ordinario, seguidos en este Juzgado con el número 924/11, a instancia de la Entidad Urbanística de Conservación La Zagaleta, representada por el Procurador don Juan Carlos Palma Díaz y dirigida por el Letrado don Alejandro Herrera Muñoz, sustituido por la Letrada doña Maria Isabel Álvarez Vargas, contra don Raoul Tetaz, en situación de rebeldía, y recayendo la presente resolución en base a los siguientes.

Fallo

Que estimando la demanda formulada a instancia de la Entidad Urbanística de Conservación La Zagaleta, representada por el Procurador don Juan Carlos Palma Díaz, contra don Raoul Tetaz, debo condenar y condeno a la parte demandada a que abone a la actora la cantidad de 9.986,26 euros (nueve mil novecientos ochenta y seis euros con veintiséis céntimos), por las cantidades debidas y no abonadas por cuotas comunitarias e intereses según aparecen relacionadas en los fundamentos jurídicos primero y segundo de la presente resolución, con condena al pago de los intereses fijados en el fundamento tercero.

Asimismo, procede la condena de la parte demandada al pago de las costas causadas.

Contra la presente sentencia cabe recurso de apelación, que en su caso deberá interponerse por escrito manifestando la voluntad de recurrir con expresión de los pronunciamientos que se impugnan ante este Juzgado en el plazo de veinte días, contados a partir del siguiente al de su notificación, y para su resolución por la Audiencia Provincial de Málaga. Con carácter previo a su admisión, deberá depositarse el importe de 50 euros en la cuenta de consignaciones de este juzgado a los efectos legales correspondientes.

Así por esta mi sentencia, de la que se llevará certificación a los autos para su debido cumplimiento, lo pronuncio, mando y firmo.

Y encontrándose dicho demandado, Raoul Tetaz, en paradero desconocido, se expide el presente a fin que sirva de notificación en forma al mismo.

Marbella, 3 de septiembre de 2013.- El/La Secretario/a Judicial.

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