Edicto dando publicidad a la declaración de concurso
Doña Natalia Ramos Lain, Secretario/a Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 3 de Barcelona.
Hago saber: Que en dicho Juzgado se tramita el proceso concursal 801/2013, en el que se ha dictado auto declarando en estado de concurso a la entidad Sindelect, S.L., y ordenando darle publicidad con los siguientes datos:
Número de asunto.- Concurso voluntario 801/2013 Sección C5
NIG del procedimiento.- 08019 47 1 2013 8006037
Entidad concursada.- Sindelect, S.L., con CIF número B60604154.
Tipo de concurso.- voluntario
Fecha del auto de declaración.-17 de diciembre de 2013.
Administrador/es concursal/es.- Don Ander Bereciartu Montesinos con domicilio en calle Hurtado, 25, 08022 Barcelona (Barcelona), teléfono 677473847 y con correo electrónico abereciartu@icab.es
Facultades del concursado.- intervenidas
Forma de personación.- Los acreedores pueden personarse en el proceso por medio de Abogado y Procurador.
Llamamiento a los acreedores y comunicación de créditos conforme el Artículo 85 LC.- Los acreedores de la concursada deberán ponerlos en conocimiento de la Administración concursal, en el domicilio designado al efecto o remitirlos a dicho domicilio. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos. La comunicación expresará el nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento características y calificación que se pretenda. Si se invocare un privilegio especial se indicarán además los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos regístrales. También se señalará un domicilio o una dirección electrónica para que la Adminsitración concursal practique cuantas comunicaciones resulten necesarias o convenientes. Se acompañará copia en forma electrónica en caso de que se haya optado por esa forma de comunicación, del título o documentos relativos al crédito.
El plazo será de un mes a contar desde la última de las publicaciones.
Examen de los autos.- Los acreedores no personados pueden acudir personalmente a esta Secretaría Judicial y solicitar el examen de aquellos documentos o informes en que consten sus respectivos créditos, o bien hacerlo por medio de abogado o procurador que autoricen al efecto, sin necesidad de personarse.
Barcelona, 20 de enero de 2014.- La Secretaria Judicial.
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid