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Documento BOE-B-2014-41735

BARCELONA

Publicado en:
«BOE» núm. 287, de 27 de noviembre de 2014, páginas 56612 a 56612 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2014-41735

TEXTO

Francisco Velasco García-Plata Secretario del Juzgado Mercantil número 5 de Barcelona, dicto el presente edicto:

Juzgado.- Mercantil número 5 de Barcelona, Gran Vía de les Corts Catalanes número 111 Edificio C, decimosegunda planta.

Número de Asunto.- Concurso voluntario 697/2014 8

Tipo de Concurso.- abreviado

Entidad Instante del Concurso y Número de Identificación Fiscal.- Optim Serveis Integrals de Neteja Sociedad Limitada con B-60149408

Fecha del Auto de Declaración.- 30 de octubre de 2014

Administradores Concursales.- M & M Abogados Partnership Sociedad Limitada Profesional en la persona de Mario Palomar Sarabia, con Número de Identificación Fiscal 46749700S, (abogado) con domicilio profesional en Barcelona calle Balmes número 186, segundo primera y número de teléfono 932386739, fax 932386736, con dirección electrónica concursoptimserveisintegrals@mmabogados.org

Forma de Personación: Los acreedores pueden personarse en el proceso por medio de abogado y procurador.

Régimen de las Facultades de la Concursada

Llamamiento a los Acreedores.- Los acreedores de la concursada deberán poner en conocimiento de la administración concursal en el domicilio designado al efecto o remitirse a dicho domicilio. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos. La comunicación expresará el nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimientos, características y calificación que se pretenda. Si se invocare un privilegio especial se indicarán además, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso los datos registrales. También se señalará un domicilio o una dirección electrónica para que la administración concursal practique cuantas comunicaciones resulten necesarias o convenientes. Se acompañará copia en forma electrónica en caso de que se haya optado por esa forma de comunicación, del título o documentos relativos al crédito.

El plazo será de Un Mes a contar desde la última de las publicaciones.

Examen de los autos: Los acreedores no personados pueden acudir personalmente a este Juzgado y solicitar el examen de aquellos documentos o informes que consten sobre sus respectivos créditos o hacerlo por medio de abogado o procurador que autoricen al efecto sin necesidad de personarse.

Dado en Barcelona, 31 de octubre de 2014.- El Secretario Judicial.

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