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Documento BOE-B-2014-41743

CIUDAD REAL

Publicado en:
«BOE» núm. 287, de 27 de noviembre de 2014, páginas 56620 a 56620 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2014-41743

TEXTO

Doña Esther Márquez Mejías, Secretaria judicial del Juzgado Mixto y de lo Mercantil número 4 de Ciudad Real, por la presente anuncio:

1.º Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el n.º 433/2013 y NIG n.º 13034 41 1 2013 0012873, se ha dictado en fecha 20 de noviembre de 2014, auto declarando en concurso necesario ordinario al deudor VINÍCOLA ALAMEDA, S.L., con CIF n.º B13243318, cuyo centro de intereses principales lo tiene en calle Emilio Castellar, 70, 1 B, de Alcázar de San Juan.

2.º Se ha acordado la intervención de las facultades de administración y disposición que ejercerá la administración concursal. Se ha designado, como administración concursal a la Letrada doña BERTA JAIME FRAGA, colegiada n.º 2535 ICACR, con domicilio en calle Gran Bretaña, n.º 7, de Ciudad Real, y dirección de correo electrónico vinicolaalameda@abogadosnuevastecnologías.es.

3.º Igualmente, se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la LC, a la dirección postal o electrónica indicadas en el punto anterior, en el plazo de un mes a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado.

4.º La Administración Concursal, con una antelación mínima de diez días previos a la presentación del informe al Juez, dirigirá comunicación electrónica a los acreedores de los que conste su dirección electrónica, informándoles del proyecto de inventario y de la lista de acreedores.

5.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC).

Por S.S.ª se ha acordado la gratuidad del presente anuncio, por insuficiencia de la masa activa en el presente procedimiento.

Ciudad Real, 24 de noviembre de 2014.- Secretaria judicial.

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