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Documento BOE-B-2014-42395

MADRID

Publicado en:
«BOE» núm. 291, de 2 de diciembre de 2014, páginas 57527 a 57528 (2 págs.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
TRIBUNALES SUPERIORES DE JUSTICIA
Referencia:
BOE-B-2014-42395

TEXTO

EDICTO

Don Luis Fariñas Matoni, Secretario de la Sala de lo Social, Sección Tercera, del Tribunal Superior de Justicia de Madrid,

Hago saber: Que en esta Sala se sigue el Recurso de Suplicación 21/2014, formalizado por don Francisco Jesús Casas Nombela, representado por el Procurador don Agustín Sanz Arroyo y asistido por el Letrado don Eduardo Ortega Gómez, contra la sentencia de fecha 20/09/2013 dictada por el Juzgado de lo Social n.º 9 de Madrid en sus autos número Despidos/Ceses en general 462/2012, seguidos a instancia de don Francisco Jesús Casas Nombela frente a Outsmart Assistance, S.L., Instalaciones y Montajes Toran, S.L., Solutio Asistencia Total Industrial, S.L., Mantenimiento de Instalaciones Toran, S.L. Totseriman, S.L.,, y Administradores Concursales don José Chust García y don Pedro Algarra García, en el que se ha dictado diligencia de ordenación de fecha 18/11/14, del tenor literal siguiente: Diligencia de Ordenación.- El secretario Judicial.- Don Luis Fariñas Matoni.-En Madrid, a dieciocho de noviembre de dos mil catorce.-

El letrado don Antonio M.ª Martín García, en nombre y representación de Outsmart Assistance, S.L. ha presentado escrito de interposición de recurso de casación para la unificación de doctrina en tiempo y forma con las oportunas certificaciones de Sentencia en la forma que posibilita el apartado 3 del artículo 224 de la L.R.J.S.- Acuerdo:

- Tener por interpuesto en tiempo y forma el recurso de casación para la unificación de doctrina y emplazar a las demás partes para su personación por escrito mediante letrado, ante la Sala Cuarta de lo Social del Tribunal Supremo dentro del plazo de los Diez Días siguientes, contados a partir de la notificación de la presente resolución, entendiéndose personada de derecho a la parte recurrente, con la remisión de los presentes autos.

- Advertir a las partes, que deberán acreditar su representación, de no constar previamente en las actuaciones y designar un domicilio en la sede de la Sala de lo Social del Tribunal Supremo a efectos de notificaciones con todos los datos necesarios para su práctica con los efectos del apartado 2 del artículo 53 de la LRJS.

Visto que se ha acreditado por la parte Demandada, constituida por Instalaciones y Montajes Toran, S.L., Solutio Asistencia Total Industrial, S.L., Mantenimiento de Instalaciones Toran, S.L. se encuentra en ignorado paradero, notifíquese la resolución dictada en las presentes actuaciones, mediante edicto publicado en el Boletín Oficial del Estado, al que se oficiará a efecto.

En el edicto hágase la advertencia a que se refiere el artículo 59 de la L.R.J.S. a propósito de que, a partir de la resolución objeto de notificación por edictos y salvo que se trate de autos, sentencias o emplazamientos, las notificaciones a la parte que se encuentra en ignorado paradero se efectuarán es estrados.En consecuencia, la presente diligencia de ordenación se notificará en estrados a la parte en ignorado paradero.

Notifíquese a las partes.

Modo de Impugnación: Contra la presente resolución cabe interponer recurso de Reposición ante el Secretario Judicial, no obstante lo cual, se llevará a efecto lo acordado. El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de Cinco Días hábiles contados desde el siguiente de la notificación, con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso (artículos 186 y 187 LRJS).Lo acuerdo y firmo. Doy fe.

Y para que sirva de Notificación y Emplazamiento a Instalaciones y Montajes Toran, S.L., Solutio Asistencia Total Industrial, S.L., Mantenimiento de Instalaciones Toran, S.L., en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletín Oficial del Estado.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de esta Sección, salvo las que revistan la forma de auto o sentencia, o se trate de emplazamiento.

Madrid, 18 de noviembre de 2014.- El Secretario Judicial.

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