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Documento BOE-B-2014-43921

PALMA DE MALLORCA

Publicado en:
«BOE» núm. 302, de 15 de diciembre de 2014, páginas 59504 a 59504 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2014-43921

TEXTO

Don Esteban Martínez Rovira, Secretario judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Palma de Mallorca, por el presente, hago saber:

1.º Que en los autos seguidos en este órgano judicial de concurso voluntario con el n.º 0000740/2014-A y NIG n.º 07040 47 1 2014/0001145 se ha dictado en fecha 22 de octubre del año 2014 auto de declaración de concurso voluntario de D. Pere Josep Riera Thomas, con DNI 43090661-T; D. Guillermo Riera Salas, con DNI 41392570-E, y doña Margarita Thomas Riera, con DNI 78196096-Y; todos ellos con domicilio en Cami de Son Fogo, n.º 12, Petra, CP 07520 (Islas Baleares).

2.º Se ha acordado la intervención por la Administración concursal de las facultades de administración y disposición de las personas declaradas en concurso.

3.º Se ha nombrado Administrador concursal al letrado D. PEDRO FELIU VENTURELLI, con domicilio profesional en la calle Paseo Mallorca, n.º 2, entresuelo, CP 07012 de Palma de Mallorca, cuya dirección electrónica es pfv@bufetefeliu.com, la dirección postal donde efectuar comunicación de créditos es la misma que el despacho para el ejercicio del cargo.

4.º Que en fecha 25 de noviembre del año 2014, se ha dictado auto por el que se acuerda literalmente:

Acuerdo rectificar el error material apreciado en el auto de 22 de octubre de 2014 en el que se declaraba en estado de concurso a D. Pere Josep Riera Thomas, D. Guillermo Riera Salas y doña Margarita Thomas Riera, en los siguientes términos:

En la parte dispositiva:

Donde se dice "Que debo acordar y acuerdo declarar en estado de concurso voluntario a D. Pere Josep Riera Thomas, con DNI 43090661-T", debe decir: "Que debo acordar y acuerdo declarar en estado de concurso voluntario a D. Pere Josep Riera Thomas, con DNI 43090657-L".

5.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador/a y asistidos de Letrado/a (art. 184.3 Ley Concursal).

Palma de Mallorca, 26 de noviembre de 2014.- El Secretario judicial.

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