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Documento BOE-B-2014-44856

Anuncio de la Confederación Hidrográfica del Tajo sobre Resolución de Expediente de Recuperación Posesoria, cuya notificación se ha intentado sin que se haya podido practicar.

Publicado en:
«BOE» núm. 307, de 20 de diciembre de 2014, páginas 60720 a 60720 (1 pág.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente
Referencia:
BOE-B-2014-44856

TEXTO

Intentada notificación en la forma establecida en el artículo 59 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y no habiendo sido posible practicarla, a los efectos previstos en el citado artículo por el presente anuncio se hace pública la Resolución del Expediente de Recuperación Posesoria de fecha 26 de septiembre de 2014 dictado por la Confederación Hidrográfica del Tajo, recaído sobre el expediente PAT-2014-000484, en la cual se ha resuelto lo siguiente:

Esta Presidencia, acuerda:

1.- Recuperar de oficio la posesión del bien inmueble demanial identificado en el Inventario General de la Confederación Hidrográfica del Tajo bajo el número 10.090.002.046 (Vivienda Grupo B-01), ubicado en el Poblado del Embalse de Gabriel y Galán en el término municipal de Guijo de Granadilla en la provincia de Cáceres, dentro de los terrenos propiedad del Estado, adscritos a esta Confederación en virtud de las obras realizadas para la construcción del Embalse de Gabriel y Galán.

2.- Conceder a D. José Fraile Mateos, un plazo de ocho días para que proceda al desalojo voluntario, con apercibimiento de que si no se procede en el plazo señalado al desalojo del citado inmueble, se adoptarán cuantas medidas sean conducentes a la recuperación de la posesión del bien, de conformidad con lo dispuesto en el Capítulo V del Título VI de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Para el lanzamiento podrá solicitarse el auxilio de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, o imponerse multas coercitivas de hasta un cinco por ciento del valor del bien ocupado, reiteradas por períodos de ocho días hasta que se produzca el desalojo.

Esta Resolución es firme en vía administrativa, pudiendo presentar recurso potestativo de reposición ante la Presidencia de este Organismo, en el plazo de un mes a contar a partir del día siguiente al de la recepción de la presente notificación, todo ello según lo dispuesto en la sección tercera, capítulo segundo, del título VII de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común o podrá ser impugnada directamente ante el orden jurisdiccional Contencioso-Administrativo en el plazo de dos meses, contados desde el siguiente al de la notificación del presente, no pudiendo interponerse este último en tanto no se haya resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del recurso de reposición interpuesto.

Madrid, 2 de diciembre de 2014.- El Secretario general, Juan Carlos Mérida Fimia.

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