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Documento BOE-B-2014-45005

Resolución de la Dirección General de MUFACE sobre notificación de requerimiento en periodo voluntario por impago de cuotas al Fondo General de MUFACE.

Publicado en:
«BOE» núm. 308, de 22 de diciembre de 2014, páginas 60906 a 60906 (1 pág.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas
Referencia:
BOE-B-2014-45005

TEXTO

Por Resolución de la Dirección General de MUFACE de fecha 15 de octubre de 2014, se acordó, en virtud de lo dispuesto en el artículo 39 del Reglamento General del Mutualismo Administrativo, requerir el cobro en vía voluntaria de las cantidades adeudadas por los mutualistas que se relacionan en concepto de impago de cuotas. Dicha Resolución fue cursada a las/los interesadas/os para que procedieran al abono de los importes.

Intentada la notificación no ha podido practicarse la misma, al devolver el Servicio de Correos las comunicaciones dirigidas a los mutualistas citados en el domicilio que figura en la Base de Datos de MUFACE, resuelvo:

Que, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 59 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, al no haberse podido practicar notificación, se inserte en el Boletín Oficial del Estado y en el Tablón de Edictos del Ayuntamiento de su último domicilio la notificación de requerimiento de pago indicada.

Transcurrido dicho plazo sin haberse procedido al indicado ingreso, se dará curso al certificado de descubierto y se procederá a la recaudación en vía ejecutiva.

Nombre y Apellidos

Afiliación

Expediente

Manuel Carlos Jiménez Franco

296409533

Septiembre 2013

María José Perís Segura

466406662

4.º trimestre 2012

Carmen Plaza Hernández

306408603

1.º y 3.º trimestre 2013

Los expedientes se encuentran en el Departamento de Gestión Económica y Financiera, Servicio de Cotizaciones y Otros Ingresos, sito en el Paseo de Juan XXIII, n.º 26, 28040 Madrid. Teléfono 91.273.96.58.

Contra la presente Resolución que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante el Ministro de Hacienda y Administraciones Públicas en el plazo de un mes a partir del día siguiente a la fecha de su publicación, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 114 y 115. Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común.

Madrid, 26 de noviembre de 2014.- El Director General, Gustavo E. Blanco Fernández.

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