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Documento BOE-B-2014-45190

Anuncio de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia por el que se hace público el inicio del procedimiento administrativo de aprobación de la Oferta de Interconexión de Referencia de Telefónica de España, S.A.U., para la provisión del servicio de terminación de llamadas mediante interconexión IP.

Publicado en:
«BOE» núm. 309, de 23 de diciembre de 2014, páginas 61200 a 61200 (1 pág.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia
Referencia:
BOE-B-2014-45190

TEXTO

Dada la posible existencia de una pluralidad indeterminada de personas interesadas en el expediente MTZ 2014/2169, relativo a la aprobación de la Oferta de Interconexión de Referencia de Telefónica de España, S.A.U. para la provisión del servicio de terminación de llamadas mediante interconexión IP, se procede, de acuerdo con lo establecido en el artículo 59, apartado 6, de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (en adelante, LRJPAC), a notificar por este medio el acto de la Directora de Telecomunicaciones y del Sector Audiovisual de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, de fecha 17 de diciembre de 2014, por el que se acuerda el inicio del procedimiento.

En cumplimiento de lo establecido en el artículo 42.4 de la LRJPAC, se comunica a los interesados que el plazo máximo para la resolución y notificación del procedimiento es de tres meses, conforme a lo establecido en el artículo 42.3 de la LRJPAC, a contar desde la fecha del acuerdo de inicio que es objeto de la presente publicación. La resolución que se adopte se notificará en los diez días siguientes a la fecha en que hubiera sido dictada, tal y como dispone el artículo 58.2 de la LRJPAC y, en cualquier caso, antes de que transcurra el plazo de 3 meses al que se refiere el párrafo anterior. En defecto de notificación en plazo de la resolución expresa, el silencio se entenderá con los efectos que correspondan según el artículo 43 de la LRJPAC.

Los interesados podrán, en cualquier momento del procedimiento anterior al trámite de audiencia, aducir las alegaciones y presentar los documentos que estimen pertinentes, según dispone el artículo 79 de la LRJPAC.

Contra el presente acto de trámite no cabe la interposición de recurso administrativo al no concurrir en el mismo los requisitos establecidos en el artículo 107.1 de la LRJPAC. No obstante, la oposición al mismo podrá ser alegada por los interesados para su consideración en la resolución que ponga fin al presente procedimiento.

El texto íntegro del acuerdo de inicio que aquí se extracta estará a disposición de los interesados en la sede de la Dirección de Telecomunicaciones y del Sector Audiovisual de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, sita en la calle Bolivia, 56, 08018 de Barcelona.

Barcelona, 19 de diciembre de 2014.- Alejandra de Iturriaga Gandini, Directora de Telecomunicaciones y del Sector Audiovisual de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia.

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