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Documento BOE-B-2014-45757

Anuncio de la Confederación Hidrográfica del Segura relativo a Resolución sobre aprobación canon de regulación de los aprovechamientos con aguas procedentes de los ríos Segura, Mundo y Quípar para el año 2014.

Publicado en:
«BOE» núm. 314, de 29 de diciembre de 2014, páginas 61983 a 61983 (1 pág.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente
Referencia:
BOE-B-2014-45757

TEXTO

A los efectos previstos en el artículo 59 de la Ley 30/92, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se hace pública la Resolución de aprobación de canon de regulación de los aprovechamientos con aguas procedentes de los ríos Segura, Mundo y Quípar para el año 2014 dictada por la Confederación Hidrográfica del Segura, cuya notificación se ha intentado sin que se haya podido practicar, respecto de la cual se indica: Interesado. Concepto. Fecha de Resolución y Sentido de la resolución (Estimatoria/Desestimatoria).

· Interesado: Don Isidoro Ruiz Gabaldón, en representación de Junta Central Usuarios Regantes del Segura y Junta Central Usuarios Norte de la Vega del río Segura. Concepto: Aprobación canon regulación de los aprovechamientos con aguas procedentes de los ríos Segura, Mundo y Quípar para el año 2014. Fecha Resolución: 28-11-2014. Sentido resolución: Desestimatoria.

Se significa al interesado que en las oficinas del citado organismo, sitas en Plaza Fontes, 1, de Murcia, tienen a su disposición la correspondiente resolución.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 115 del Real Decreto Legislativo 1/2001, de 20 de julio, texto refundido de la Ley de Aguas, artículo 235 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, así como en el Real Decreto 520/2005, de 13 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento General de desarrollo de la Ley anterior, en materia de revisión en vía administrativa, contra la presente resolución podrá interponerse reclamación económico-administrativa ante el Tribunal Económico Administrativo Regional de Murcia, dirigiendo el escrito de interposición a este mismo organismo de cuenca, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la notificación de la misma.

En el mismo plazo y ante este mismo organismo, de conformidad con los artículos 222 y 223 de la citada Ley Tributaria, podrá interponerse, con carácter potestativo, recurso de reposición, en cuyo caso, no podrá promoverse reclamación económico-administrativa hasta la resolución expresa o presunta, del mismo.

Murcia, 18 de diciembre de 2014.- El Secretario General. José María Bernabé Tomás.

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