Don José Maria Valls Soriano, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de los de Barcelona y provincia,
Hago saber: Que en dicho juzgado se tramita el proceso concursal 957/2013, en el que se ha dictado, con fecha 16 de enero de 2013, auto declarando en estado de concurso a la entidad Limados y Pulidos Sant Feliu, S.L., con CIF B63008403, y mandando darle publicidad con los siguientes datos:
Nig del procedimiento: 08019-47-1-2013-8006887
Tipo de concurso: Voluntario. Se ordena la intervención por la administración concursal de las facultades de administración y disposición de la entidad en concurso.
Concursada: Limados y Pulidos Sant Feliu, S.L., con domicilio en C/ Óptica, 12, Nave 16, Polígono Industrial Santa Rita de Castellbisbal (Barcelona).
Administrador concursal: Estudio Concursal, S.L.P., con domicilio en C/Mallorca, 237 bis, 3.º 2.ª Barcelona, tel. 902106366 Fax 901706673 con correo electrónico comunicaciones@2004ec.es.
Forma de Personación: Los acreedores pueden personarse en el proceso por medio de Abogado y Procurador.
Llamamiento a los acreedores y comunicación de créditos conforme al art. 85 de la Ley concursal: Los acreedores de la concursada deberán poner en conocimiento de la administración concursal en el domicilio designado al efecto o remitirse a dicho domicilio.También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos. La comunicación expresará el nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda. Si se invocare un privilegio especial se indicarán además, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso los datos registrales. También se señalará un domicilio o una dirección electrónica para que la administración concursal practique cuantas comunicaciones resulten necesarias o convenientes. Se acompañará copia en forma electrónica en caso que se haya optado por esa forma de comunicación del título o documentos relativos al crédito.
El plazo será de un mes, a contar desde la última de las publicaciones.
Examen de los autos: Los acreedores no personados pueden acudir personalmente a esta Secretaría Judicial y solicitar el examen de aquellos documentos o informes que consten sobre sus respectivos créditos o hacerlo por medio del abogado o procurador que autoricen al efecto sin necesidad de personarse.
Barcelona, 17 de enero de 2014.- El Secretario Judicial.
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