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Documento BOE-B-2014-7310

BARCELONA

Publicado en:
«BOE» núm. 52, de 1 de marzo de 2014, páginas 9407 a 9407 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2014-7310

TEXTO

Edicto dando publicidad a la declaración de concurso

Francisco Velasco García-Plata Secretario del juzgado mercantil número 5 de Barcelona, dicto el presente edicto:

Juzgado.-Mercantil número 5 de Barcelona, Gran Vía de les Corts Catalanes, número 111, Edificio C, 12.ª planta.

Número de asunto.-Concurso voluntario 72/2014 8.ª

Tipo de concurso.-Abreviado.

Entidad instante del concurso y NIF.-Forn Bonastre, Sociedad limitada, NIF B-60442100.

Fecha del auto de declaración.-28 de enero de 2014.

Administradores concursales.-Miliners Abogados y Asesores Tributarios, Sociedad limitada profesional, con NIF B-63445704, en la persona de don Rodolfo Fernández Fernández, domiciliada en Barcelona, Avenida Diagonal, 550, 3.º, 1.ª, de Barcelona, como abogado, teléfono 932720180, con correo electrónico concursal@miliners.com

Forma de personación: Los acreedores pueden personarse en el proceso por medio de abogado y procurador.

Régimen de las facultades de la concursada.-Intervención.

Llamamiento a los acreedores.-Los acreedores de la concursada deberán poner en conocimiento de la administración concursal en el domicilio designado al efecto o remitirse a dicho domicilio. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos. La comunicación expresará el nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimientos, características y calificación que se pretenda. Si se invocare un privilegio especial se indicarán además, los bienes o derechos a que se afecte y, en su caso los datos registrales. También se señalará un domicilio o una dirección electrónica para que la administración concursal practique cuantas comunicaciones resulten necesarias o convenientes. Se acompañará copia en forma electrónica en caso de que se haya optado por esa forma de comunicación, del título o documentos relativos al crédito.

El plazo será de un mes a contar desde la última de las publicaciones.

Examen de los autos: Los acreedores no personados pueden acudir personalmente a este juzgado y solicitar el examen de aquellos documentos o informes que consten sobre sus respectivos créditos o hacerlo por medio de abogado o procurador que autoricen al efecto sin necesidad de personarse.

Barcelona, 31 de enero de 2014.- Secretario judicial.

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