Yo, Pablo Bermúdez Nadales, Notario de Móstoles, del Ilustre Colegio Notarial de Madrid, con despacho profesional en calle Mariblanca, número 7, de Móstoles (Madrid), hago saber:
Que ante mí se tramita, a instancia de "Banco Santander, S.A." (Inicialmente "Banco Español de Crédito, S.A."), procedimiento extrajudicial de ejecución hipotecaria, número de expediente provisional 2/12, de la siguiente finca:
Urbana. Número seis.- Vivienda segundo letra B, en planta segunda, del edificio en Móstoles (Madrid), Avenida Dos de Mayo, número 10.
Linda: al frente, rellano de su planta, vivienda letra A de su misma planta y patio de luces; por la derecha entrando, con la vivienda letra C de su misma planta y con patio de luces; por la izquierda, con la vivienda letra A de su misma planta y con patio de luces; y por el fondo, con patio de luces, con la vivienda letra C de su misma planta y con vuelo a la Avenida Dos de Mayo.
Consta de diferentes habitaciones, servicios y dos terrazas.
Ocupa una superficie construida de setenta y cinco metros cuadrados.
Cuota: Le corresponde una cuota de participación en el total valor, elementos y gastos comunes del edificio de cuatro enteros cuarenta y cuatro centésimas por ciento (4,44%).
Inscripción: Inscrita en el Registro de la Propiedad número 1 de los de Móstoles, al tomo 1.493, libro 299, folio 129, finca número 11.103.
Referencia catastral.- 6540505VK2664S0006LF.
Tasación a efectos de subasta: doscientos cuarenta mil cuatrocientos noventa y cinco euros con cincuenta y un céntimos de euro (240.495,51€).
Y que, procediendo la subasta de dicha finca, esta se llevará a cabo bajo las siguientes condiciones:
1.- Se señala la subasta para el día tres de Abril de dos mil catorce, a las doce horas.
2.- La subasta se celebrará en el local de la Notaría sita en Móstoles, en la calle Mariblanca, número 7.
3.- El tipo para la subasta es de doscientos cuarenta mil cuatrocientos noventa y cinco euros con cincuenta y un céntimos de euro (240.495,51€).
4.- La documentación y la certificación del Registro de la Propiedad a que se refiere el artículo 236.a) y 236.b) del Reglamento Hipotecario pueden consultarse en la Notaría, de lunes a viernes, de 10 a 14 horas. Se entenderá que todo licitador acepta como bastante la licitación y la titulación aportada. Las cargas, gravámenes y asientos anteriores a la hipoteca que se ejecuta continuarán subsistentes.
5.- Los licitadores deberán consignar, previamente a la subasta, en la Notaria, una cantidad equivalente al 30 por ciento del tipo señalado para la subasta, mediante cheque bancario a nombre del notario. Podrán hacerse posturas por escrito en pliego cerrado, acompañando el correspondiente cheque bancario a nombre del notario, hasta el momento de la subasta.
6.- Sólo la adjudicación a favor del ejecutante o el remate a favor del mismo o de un acreedor posterior podrá hacerse a calidad de ceder a un tercero.
Móstoles, 25 de febrero de 2014.- El Notario, Pablo Bermúdez Nadales.
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