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Documento BOE-B-2014-7746

GIJÓN

Publicado en:
«BOE» núm. 54, de 4 de marzo de 2014, páginas 9957 a 9957 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2014-7746

TEXTO

Edicto

El Juzgado de lo Mercantil número 3 de Gijón, anuncia:

En este órgano judicial se tramita sección V liquidación 0000252/2012, seguido a instancias de Construcciones M. Rimada, Sociedad Limitada contra sobre en los que, por resolución de fecha 5 de febrero de 2014 se ha acordado aprobar el plan de liquidación en los siguientes términos:

Aprobar el Plan de Liquidación presentado por la administración concursal con las modificaciones incorporadas en la presente resolución y, en concreto, las siguientes:

Por un lado, se acuerda la venta directa, y la dación en pago o para el pago, con carácter previo a la subasta pública de los bienes, sin empresa especializada, o con esta, pero sin coste alguno para el titular del privilegio, y en las siguientes condiciones:

a) que queden satisfechos íntegramente todos y cada uno de los créditos con privilegio especial reconocidos;

b) que la venta directa a tercero no podrá realizarse por debajo del crédito de privilegio especial reconocido, y si se reciben ofertas por debajo del privilegio se trasladará a los acreedores privilegiados para analizar su posible mejora en el plazo de 20 días;

c) se someterá la venta directa al consentimiento de los acreedores privilegiados titulares de los créditos hipotecarios, salvo cuando el precio de la venta alcance como mínimo el importe de las responsabilidades hipotecarias por todos los conceptos que garantizan dichos inmuebles;

d) que de forma simultánea y alternativa a la posible venta directa a favor de tercero, se proceda a la posible venta directa, individual a favor de los acreedores con privilegio especial o de persona física o jurídica que esta designe.

Además, para el caso que se proceda a la subasta pública y judicial, se excluye la necesidad de consignar los acreedores privilegiados depósito alguno para tomar parte de la subasta.

Se acuerda la formación de la sección sexta del concurso para la calificación del mismo.

Dentro de los diez días siguientes a la publicación de este edicto, que está previsto anunciarlo en BOE y fijarlo en el tablón de anuncios de la oficina judicial, cualquier acreedor o persona que acredite interés legítimo, podrá personarse en dicha sección, alegando por escrito cuanto considere relevante para la calificación del concurso como culpable.

Gijón, 5 de febrero de 2014.- El Secretario Judicial.

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