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Documento BOE-B-2014-7926

LAS PALMAS DE GRAN CANARIA

Publicado en:
«BOE» núm. 55, de 5 de marzo de 2014, páginas 10212 a 10212 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2014-7926

TEXTO

Edicto.

Doña Águeda Reyes Almeida, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Las Palmas de Gran Canaria,

Por el presente, se hace saber: Que en el procedimiento concursal 13/2014, seguido a instancias del Procurador don José Javier Marrero Alemán, en nombre y representación de "Suministros Atlántico, S.A.", se ha dictado Auto el día 17/2/2014, en cuya parte dispositiva constan, entre otros, los siguientes extremos:

Se declara el concurso de Suministros Atlántico, S.A., con CIF A-35049907, el que se tramitará por el procedimiento abreviado.

A los efectos oportunos, el presente concurso, tiene el carácter de voluntario.

Conforme prevé el art. 23 de la Ley Concursal el presente edicto se insertará en el Registro Público Concursal y, en tanto se produce la reglamentación de dicho órgano, se publicará en el Boletín Oficial del Estado.

Se designan como Administradores del concurso a: Don Ruperto Casañas Rodríguez como economista, el cual ha designado como domicilio postal el de c/ Emilio Castelar, n.º 4, 1.ª planta, 35007 de Las Palmas de Gran Canaria. Teléfono 928-26-07-77 y fax 928-22-82-21, así como dirección electrónica ruperto.casanas@lpa.auren.es

En cuanto a los efectos sobre las facultades de administración y disposición del deudor respecto a su patrimonio, se acuerda; que el deudor conservará las facultades de administración y disposición sobre su patrimonio, quedando sometido el ejercicio de éstas a la intervención de los administradores concursales, mediante su autorrización o conformidad.

Llámese a los acreedores para que pongan en conocimiento de la Administración Concursal la existencia de sus créditos en el plazo de un mes a contar desde el siguiente a la publicación en el "Boletín Oficial del Estado" del Auto de declaración de concurso, conforme a lo previsto en el art. 23 de la Ley 22/2003, de 9 de julio, Concursal, en el domicilio designado por la Administración concursal y en la forma prevista en el art. 85 de la mentada Ley.

Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (art. 184.3 LC).

Don Alberto López Villarrubia, Magistrado-Juez.-Doña Águeda Reyes Almeida, Secretaria Judicial.-Firmados y rubricados.

Y para que sirva de publicación a los efectos acordados en el Auto dictado, así como de notificación a los acreedores y al deudor en el caso de que éste no hubiere comparecido, de conformidad a lo establecido en el art. 21.5 y 23 de la Ley Concursal, se expide el presente Edicto.

Las Palmas de Gran Canaria, 20 de febrero de 2014.- Secretaria Judicial.

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