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Documento BOE-B-2014-8081

BARCELONA

Publicado en:
«BOE» núm. 56, de 6 de marzo de 2014, páginas 10421 a 10421 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2014-8081

TEXTO

Doña Natalia Ramos Lain, Secretario/a Judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 3 de Barcelona,

Hago saber: Que en dicho Juzgado se tramita el proceso concursal 112/2014, en el que se ha dictado auto declarando en estado de concurso a la entidad Flepast Forn, S.L., y ordenando darle publicidad con los siguientes datos:

Número de asunto.- Concurso voluntario 112/2014, Sección C1.

NIG del procedimiento.- 08019-47-1-2014-8000758.

Entidad concursada.- Flepast Forn, S.L., con CIF n.º B65655813.

Tipo de Concurso.- Voluntario.

Fecha del Auto de Declaración.- 5 de febrero de 2014.

Administrador/es concursal/es.- Doña María Teresa Aragón Sánchez, con domicilio profesional en G. Via de les Corts Catalanes, 630, Barcelona, n.º de teléfono 933429738, n.º de fax 933429738, con dirección electrónica flepastforn.comunicaciones@quabbalaconcursos.com.

Facultades del concursado.- Intervenidas.

Forma de personación.- Los acreedores pueden personarse en el proceso por medio de Abogado y Procurador.

Llamamientos a los acreedores y comunicación de créditos conforme al art. 85 LC.- Los acreedores de la concursada deberán ponerlos en conocimiento de la administración concursal, en el domicilio designado al efecto o remitirse a dicho domicilio. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos. La comunicación expresará el nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento características y calificación que se pretenda. Si se invocare un privilegio especial se indicarán además los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales. También se señalará un domicilio o una dirección electrónica para que la administración concursal practique cuantas comunicaciones resulten necesarias o convenientes. Se acompañará copia en forma electrónica en caso de que se haya optado por esa forma de comunicación, del título o documentos relativos al crédito.

El plazo será de un mes a contar desde la última de las publicaciones.

Examen de los Autos.- Los acreedores no personados pueden acudir personalmente a esta Secretaría judicial y solicitar el examen de aquellos documentos o informes en que consten sus respectivos créditos, o bien hacerlo por medio de abogado o procurador que autoricen al efecto, sin necesidad de personarse.

Barcelona, 19 de febrero de 2014.- La Secretaria Judicial.

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