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Documento BOE-B-2014-8103

GRANADA

Publicado en:
«BOE» núm. 56, de 6 de marzo de 2014, páginas 10443 a 10443 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2014-8103

TEXTO

Edicto

El Juzgado de lo Mercantil número 1 de Granada, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal anuncia:

1.º Que en el procedimiento número 982/2013, con NIG 1808742M20130001187, por auto de fecha 19 de febrero de 2014 se ha declarado en concurso voluntario a la sociedad Tallón Lafuente, S.L., con cif B 18616334 y domicilio en calle Jaén, n.º 36, de Maracena (Granada), donde tiene su centro de principales intereses.

2.º Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la administración concursal.

3.º Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la Ley Concursal.

La comunicación de cada acreedor se realizará mediante correo certificado, a la siguiente dirección: Robles Diaz Asesores de Empresas, S.L.P., Administración Concursal de Tallón Lafuente, S.L., c/ San Isidro, n.º 8, 2.º C, Albolote (Granada).

Dirección electrónica: concursotallon@rdasesores.com y plataforma on line para la comunicación de créditos en http://gestconcursal.rdasesores.com

La personación en el presente procedimiento deberá efectuarse mediante escrito independiente del anterior, presentado en forma ante este Juzgado.

El plazo para esta comunicación es el de un mes contado desde el día siguiente a la publicación en el Boletín Oficial del Estado del auto de declaración del concurso en la forma extractada prevista en el art. 23.1 Ley Concursal.

4.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 Ley Concursal).

Granada, 20 de febrero de 2014.- La Secretaria Judicial.

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