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Documento BOE-B-2014-9477

PAMPLONA

Publicado en:
«BOE» núm. 65, de 17 de marzo de 2014, páginas 12228 a 12228 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2014-9477

TEXTO

El Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Pamplona/Iruña, anuncia:

Que en el procedimiento concursal número 0000440/2012 referente al concursado Conservas Cambra, S.L., con CIF B 31138225 con domicilio en carretera San Adrián Km 3 de Cadreita, por auto de fecha 10 de febrero de 2014 se ha acordado lo siguiente:

1.- Se aprueba el plan de liquidación presentado por la administración concursal al cual deberán atenerse las operaciones de liquidación de la masa activa, con las siguientes modificaciones:

- El plan de pagos, punto séptimo, se tiene por no puesto.

- Los dos últimos párrafos de la página octava del plan, en cuanto a los gastos de liquidación y nuevas contrataciones, quedan a criterio de la administración concursal, sin perjuicio de posterior control judicial para caso de impugnación.

La venta directa de los activos que se propone en el plan, se efectuarán con las precisiones contenidas en el tercero de los fundamentos de derecho de esta resolución.

2.- Fórmese la sección sexta de este procedimiento concursal, que comprenderá lo relativo a la calificación del concurso y sus efectos. Expídanse los testimonios precisos de los documentos y resoluciones a que se refiere el art. 167 de la LC.

Dentro de los diez días siguientes a la publicación de este resolución en el BOE cualquier acreedor o persona que acredite interés legítimo podrá personarse en la sección de calificación alegando por escrito cuanto considere relevante para la calificación del concurso como culpable.

Dentro de los quince días siguientes a la expiración del anterior plazo, sin necesidad de previa resolución judicial para el inicio de su cómputo, los Administradores concursales presentarán un informe razonado y documentado sobre los hechos relevantes para la calificación del concurso, con propuesta de resolución.

3.- Dese publicidad a la presente resolución mediante la publicación de su parte dispositiva en el BOE, de forma gratuita.

4.- Una vez firme la presente resolución, expídase mandamiento al Registro Mercantil a fin de que proceda a su inscripción, conforme al art. 324 del reglamento del Registro Mercantil.

Notifíquese y adviértase que contra esta resolución cabe recurso de apelación que se interpondrá por escrito ante este Juzgado en término de veinte días.

Pamplona/Iruña, 11 de febrero de 2014.- El/La Secretario/a judicial.

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