El Juzgado de lo Mercantil número 6 de Madrid, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC), anuncia:
1º Que en el procedimiento número 2/13, por auto de 14/1/13, se ha declarado y concluido en concurso al deudor Moncloa Peluquería y Belleza, S.L., con CIF B-83248435, con domicilio en C/ Caracas, nº 11, 6.ª planta, 28010 Madrid.
2º Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio.
3º Se acuerda, simultáneamente a lo anterior, la conclusión del concurso por la causa 3ª del apartado 1º del artículo 176.bis Ley Concursal, con los efectos inherentes a dicha declaración, en especial:
a- se acuerda el cese de todas las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor que pudieran derivarse de la presente declaración de concurso;
b- declarar la subsistencia de la responsabilidad de la concursada respecto al pago de los créditos restantes; pudiendo los acreedores iniciar acciones declarativas y ejecuciones singulares, en tanto no se acuerde la reapertura del concurso o no se declare nuevo concurso.
c- firme la presente resolución, notifíquese la presente a los acreedores y demás interesados; inscribiendo la misma en el modo señalado en el artículo 24 Ley Concursal; declarando la gratuidad de la inscripción en el BOE;
d- se acuerda a efectos concursales la extinción de la personalidad jurídica de la sociedad concursada, disponiendo la cancelación de su inscripción en los registros públicos y el cierre de las hojas registrales a efectos concursales, librando para ellos los oportunos mandamientos una vez firme la presente resolución.
Madrid, 16 de marzo de 2015.- El Secretario Judicial.
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