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Documento BOE-B-2015-10743

VALENCIA

Publicado en:
«BOE» núm. 84, de 8 de abril de 2015, páginas 14879 a 14880 (2 págs.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2015-10743

TEXTO

Doña Cristina María Valero Domenech, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil núm. 3 de Valencia,

Por el presente, hago saber: Que en este Juzgado se tramitan autos de Concurso de Acreedores núm. 1221/2011, habiéndose dictado en fecha 12 de marzo de 2015, por el Ilmo./a Sr/a. Magistrado-Juez del Juzgado de lo Mercantil número 3 de Valencia, auto firme de conclusión de concurso voluntario, cuya parte dispositiva es del siguiente tenor:

Se decreta la conclusión del concurso concurso Abreviado tramitado en este Juzgado bajo el número de procedimiento 1221/2011, promovido por el Procurador Sr/a Pérez Asensio, Mª, Lourdes, en nombre y representación de la mercantil Imaginación y Oficio Dos, S.L., y el archivo de las presentes actuaciones sin más trámite por no existir ni bienes ni derechos del concursado ni de terceros responsables con los que satisfacer a los acreedores.

Se declara el cese de las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor.

Se acuerda que el deudor quedará responsable del pago de los créditos restantes. Los acreedores podrán iniciar ejecuciones singulares, en tanto no se acuerde la reapertura del concurso o no se declare nuevo concurso.

Se acuerda disponer el cese del administrador concursal D. Joaquín Ángel Grau Sansaloni, revocando las actuaciones otorgadas en el procedimiento concursal.

Se acuerda declarar la Extinción de la mercantil Imaginacion y Oficio Dos, S.L., con C.I.F.: B97895817, procediendo en su caso al cierre de la hoja de inscripción en los Registros Públicos que corresponda, a cuyo efecto expídase testimonio y mandamiento por duplicado al Registro Mercantil de Valencia ya que contra la resolución no cabe recurso alguno (Art. 177 de la L.C.) y tiene carácter de firme.

Se aprueba la cuenta rendida por la administración concursal en su informe de fecha 13 de noviembre de 2014.

Dése a la presente resolución la oportuna publicidad en los términos de los artículos 23 y 24 LC expidiéndose los oportunos edictos para su publicación en el BOE de forma gratuita (Disposición Transitoria segunda del R.D.L. 3/2009) y en el BORME, y asimismo en el tablón de anuncios del Juzgado, y mandamientos que se entregarán al/la Procurador/a de la concursada Pérez Asensio, Mª Lourdes a fin de proceder a su diligenciamiento y gestión; quien en el plazo de diez dias a contar desde la notificación de la presente resolución, deberá presentar en la Secretaría de este Juzgado, acreditación de haber presentado en el BOE y RPC los referidos edictos.

Llévese el original al libro de Autos Definitivos dejando copia testimoniada en autos, e igualmente llévese testimonio de esta resolución a la Sección 2ª del Concurso.

Notifíquese la presente resolución a la administración concursal, al concursado y a los acreedores personados en forma en el procedimiento, haciéndoles saber que contra la presente resolución no cabe recurso alguno (art. 177.1 LC).

Valencia, 12 de marzo de 2015.- La Secretaria Judicial.

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