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Documento BOE-B-2015-11758

SEGOVIA

Publicado en:
«BOE» núm. 91, de 16 de abril de 2015, páginas 16281 a 16281 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2015-11758

TEXTO

En este órgano judicial se tramita Sección I Declaración Concurso 15/2015 seguido a instancia de Quintana Fabrica de Muebles, S.L., con CIF B40125585 en los que por resolución de fecha 18 de marzo de 2015 se ha acordado lo siguiente:

1.- Abrir la fase de liquidación del presente procedimiento concursal del deudor Quintana Fábrica de Muebles, S.L., formándose la sección quinta que se encabezara con testimonio de la resolución.

2.- La situación del concursado durante la fase de liquidación será la de suspensión del ejercicio de las facultades de administración y disposición sobre su patrimonio, con todos los efectos establecidos para ella en el título III de la Ley.

3.- Anunciar por edictos la apertura de la fase de liquidación, que se fijarán en el tablón de anuncios de este órgano judicial, en el Boletín Oficial del Estado.

4.- Inscribir en los Registros correspondientes la apertura de la fase de liquidación, librándose los oportunos mandamientos en concreto en el Registro Mercantil de Segovia tomo 27 general, folio 170, hoja SG-541.

5.- Quedan suspendidas las facultades de los administradores del concursado que serán ejercitadas por el Administrador concursal.

6.- Requerir a la administración concursal para que en el plazo de quince días computados desde la notificación de esta resolución, presente un plan para la realización de los bienes y derechos integrados en la masa activa del concursado conforme a lo dispuesto en el artículo 148 LC.

7.- El vencimiento anticipado de los créditos concursales aplazados y la conversión en dinero de aquellos que consistan en otras prestaciones.

8.- Formar la sección sexta de calificación del concurso, que se encabezará con testimonio de esta resolución y del auto de declaración del concurso (artículo 163.1.2º de la LC). Póngase en conocimiento en el edicto que se publique, que dentro de los diez días siguientes a la última publicación del mismo, cualquier acreedor o persona que acredite interés legítimo, podrá personarse en dicha sección, alegando por escrito cuanto considere relevante para la calificación del concurso como culpable.

Segovia, 18 de marzo de 2015.- El/la Secretario Judicial.

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