El Consejo de Administración de la Autoridad Portuaria de Baleares, en sesión celebrada en fecha 25 de marzo de 2015, adoptó, entre otros, el acuerdo de Autorizar prorrogar el plazo de vigencia del título que habilita para la prestación del servicio portuario de manipulación de mercancías en el Puerto de Palma, a la Compañía Trasmediterrámea, S.A., con sujeción a las mismas condiciones y al Pliego Regulador aprobado por Puertos del Estado, hasta que se otorgue licencia de conformidad con las prescripciones particulares previstas en el artículo 113 del Texto Refundido de la Ley Puertos del Estado y de la Marina Mercante y en todo caso por un plazo máximo de dos (2) años, si estas no se aprobaran con anterioridad, sin perjuicio de la obligación del titular de someterse a las modificaciones legales que afecten al régimen jurídico del título, sin que ello genere derecho a indemnización alguna a su favor, debiendo actualizar la fianza depositada de conformidad con lo dispuesto en la cláusula 6.ª del Pliego para la Prestación del Servicio Público de Estiba y Desestiba de Buques en los Puertos del Estado en Baleares, computándose dicha prórroga desde el 6 de junio de 2015.
Palma, 27 de marzo de 2015.- El Presidente, Alberto Pons Fernández.-La Secretaria, M.ª Antonia Ginard Moll.
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