ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO.- Mediante Resolución de 28 de octubre de 2011 (BOE n.º 291, de 3 de diciembre de 2011) del Director General de Innovación e Industria se concede a E.ON DISTRIBUCIÓN, S.L. autorización de modelo para su uso e instalación en la red, del contador estático combinado de clase "C" para la medida de energía activa y clase "2" para la medida de energía reactiva, trifásico, bidireccional, medida directa de tensión e indirecta de intensidad, marca ENEL, modelo GISS-MID, por un plazo de validez de tres años, renovable sucesivamente, previa solicitud presentada por el titular de la misma tres meses antes de la fecha de vencimiento.
SEGUNDO.- Con fecha 30 de septiembre de 2014, D.ª Beatriz Rodríguez, en nombre y representación de E.ON DISTRIBUCIÓN, S.L, formula solicitud para "la renovación de la autorización de modelo para su uso e instalación en red de los contadores estáticos combinados marca ENEL modelo GISS-MID de energía activa y reactiva, trifásicos, bidireccionales, medida directa de tensión e indirecta de intensidad".
TERCERO.- Con fecha 1 de abril de 2015 se emite informe favorable por el Servicio de Inspección y Seguridad de la Dirección General de Innovación e Industria.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO.- El Director General de Innovación e Industria es el órgano competente para dictar la presente resolución, en uso de las competencias que le confiere el Real Decreto 1903/1996, de 2 de agosto, sobre el traspaso de funciones y servicios de la Administración del Estado a la Comunidad Autónoma de Cantabria en materia de industria, energía y minas, así como el artículo 2 del Decreto 99/1996, de 26 de septiembre, por el que se regula el ejercicio de las competencias transferidas, en el que se atribuye a esta Dirección General su ejercicio.
SEGUNDO.- La Ley 32/2014, de 22 de diciembre, de Metrología, junto con el Real Decreto 889/2006, de 21 de julio, por el que se regula el control metrológico del Estado sobre instrumentos de medida, modificado por el Real Decreto 339/2010, de 19 de marzo, constituyen el marco reglamentario y el procedimiento actualmente aplicable en la Comunidad Autónoma de Cantabria para la evaluación de la conformidad y puesta en servicio de los instrumentos de medida, así como en sus fases de verificación después de reparación o modificación y de verificación periódica.
TERCERO.- El Real Decreto 1110/2007, de 24 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento unificado de puntos de medida del sistema eléctrico, establece en el segundo párrafo de su articulo 8 que "aquellos aparatos o dispositivos para los que no se haya establecido reglamentación metrológica específica para la evaluación de la conformidad, requerirán autorización del modelo para su uso e instalación en la red y estarán sujetos a las verificaciones correspondientes. Estas autorizaciones tendrán siempre carácter transitorio, debiendo el solicitante obtener la evaluación de la conformidad correspondiente, en el plazo de un año desde la entrada en vigor de dicha reglamentación, una vez ésta se dicte y sin perjuicio de poder obtener las prórrogas que la autoridad competente estime oportunas".
CUARTO.- Del examen de la documentación que consta en el expediente, se desprende que se ha seguido el procedimiento y cumplido los requisitos determinados en la normativa precitada.
A la vista de los anteriores antecedentes de hecho y fundamentos jurídicos, el Director General de Innovación e Industria.
RESUELVE
Primero.- Prorrogar por plazo de un año, a contar a partir de la fecha de finalización del periodo anterior, la autorización concedida a E.ON DISTRIBUCIÓN, S.L. mediante la resolución del Director General de Innovación e Industria de 28 de octubre de 2011 (BOE n.º 291, de 3 de diciembre de 2011) de modelo para su uso e instalación en la red, del contador estático combinado de clase "C" para la medida de energía activa y clase "2" para la medida de energía reactiva, trifásico, bidireccional, medida directa de tensión e indirecta de intensidad, marca ENEL, modelo GISS-MID.
Segundo.- La presente autorización queda supeditada al cumplimiento en todo momento de los requisitos establecidos en los apartados primero, segundo y tercero del resuelve de la resolución del Director General de Innovación e Industria de 28 de octubre de 2011.
Tercero.- Esta autorización tiene carácter provisional, debiendo el solicitante obtener la aprobación de modelo correspondiente en el plazo de un año desde la entrada en vigor del Reglamento metrológico específico de aprobación de modelo.
Contra la presente resolución, que no agota la vía administrativa, se podrá interponer recurso de alzada ante el Consejero de Innovación, Industria, Turismo y Comercio en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a su notificación.
Santander, 1 de abril de 2015.- El Director General de Innovación e Industria, Fernando Javier Rodríguez Puertas.
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