De conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y para que sirva de notificación a doña Brigitte Bakang Tsaka ante el resultado negativo de las notificaciones intentadas en su domicilio, se hace público que por la Directora General de Apoyo a Víctimas del Terrorismo se ha dictado Resolución de 21 de noviembre de 2014 por la que se desestima la solicitud de indemnización, y cuyo expediente obra en la sede de esta Dirección General (C/ Amador de los Ríos, 8, 28071 Madrid), y en la que puede comparecer por sí o por medio de representante acreditado para conocimiento de su contenido íntegro.
Se advierte a la interesada que esta Resolución pone fin a la vía administrativa y, de acuerdo con lo previsto en los artículos 28 de la Ley 29/2011 y 11.1a) y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, puede ser impugnada directamente ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente a la publicación de este acto, o potestativamente en el plazo de un mes mediante recurso de reposición ante el Ministro del Interior.
Madrid, 17 de abril de 2015.- La Coordinadora de Área. Subdirección General de Ayudas a Víctimas del Terrorismo y de Atención Ciudadana, Silvia Miralles Ortega.
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