Mediante Resolución de la Directora General del Agua de 20 de marzo de 2015 se autorizó la incoación del expediente de información pública del Proyecto de "Ampliación EDAR de Burgos. Acondicionamiento de las riberas del Arlanzón y Ubierna a su paso por la EDAR y adecuación paisajística del colector de llegada", así como de los terrenos, bienes y derechos necesarios para su ejecución, encomendando, asimismo, a esta Confederación Hidrográfica del Duero la realización del trámite de información pública de conformidad con lo dispuesto en el artículo 86 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Publicas y del Procedimiento Administrativo Común, así como lo establecido en el artículo 18 de la Ley 16 de diciembre de 1954, de Expropiación Forzosa y en los artículos 17 y 18 del Decreto de 26 de abril de 1957, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley de Expropiación Forzosa.
En consecuencia, se inicia el citado expediente por medio de la publicación del presente anuncio.
En el Adicional del Convenio de Gestión Directa suscrito, previo acuerdo del Consejo de Ministros y con fecha 30 de junio de 2014, entre el Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente y la Sociedad Estatal "Aguas de las Cuencas de España, S.A.", se encuentra incluida, bajo su epígrafe B.6.03, la actuación "Saneamiento de Burgos: Ampliación de la EDAR", Actuación que comprende, entre otros, el Proyecto objeto de la presente información pública.
En este sentido, debe indicarse que dichas obras gozan de la declaración de interés general al haberse incorporado al Anexo III "Listado de Inversiones" de la vigente Ley 10/2001, de 5 de julio, del Plan Hidrológico Nacional, según consta en la disposición final segunda de la Ley 11/2014, de 3 de julio, por la que se modifica la Ley 26/2007, de 23 de octubre, de Responsabilidad Medioambiental.
En consecuencia, la ejecución de estas actuaciones se ha atribuido a la Administración General del Estado, que las ha encomendado a "Aguas de las Cuencas de España, S.A." a quien corresponde su ejecución.
Las obras del proyecto referido tienen por finalidad la adecuación ambiental del colector a su llegada a Villalonquéjar, para reducir el impacto visual que produce dicho colector debido a su elevada cota sobre el terreno y la adecuación ambiental del cauce de los ríos Arlanzón y Ubierna a su paso por la EDAR mediante la protección de los taludes exteriores con escollera, así como la limpieza y acondicionamiento del cauce.
Por otra parte, debe reseñarse que, la Unidad de Coordinación Ambiental, en su informe de 7 de noviembre de 2014, considera que el proyecto está fuera del ámbito de aplicación de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de Evaluación Ambiental.
Por lo que se refiere a las obras a realizar, éstas tienen dos actuaciones diferenciadas:
La que se realizará en el cauce del río Arlanzón en su coincidencia con la EDAR, mediante el acondicionamiento de los taludes del cauce, por medio de la colocación en los tramos de río señalados anteriormente, de una escollera revegetada con taludes variables entre el 1V:1H y 3H:1V
Se acometerá una cubrición del actual colector de hormigón de llegada a la EDAR. La propuesta consiste en su cubrición con tierras y geocompuestos de protección (para evitar el deterioro de la infraestructura) en la parte del colector que limita con el río Arlanzón, realizando luego plantaciones arbóreas en la base del talud, y un muro jardinera en la parte del colector que limita con el camino existente, evitando la ocupación del mismo.
En el Anejo nº 12 del proyecto se detallan los bienes y derechos necesarios para la ejecución de las obras. Contiene las fincas con la identificación de las parcelas afectadas (su localización, parcela y polígono catastral y calificación del suelo), la naturaleza de la afección a imponer y su superficie, así como la relación de los propietarios afectados. También se estima en dicho Anejo el coste total de las expropiaciones.
Lo que se hace público para general conocimiento de acuerdo con el artículo 86 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y de los propietarios de terrenos, bienes y derechos afectados por las obras contempladas en este proyecto constructivo, cuya relación se adjunta como Anexo a este anuncio, conforme a lo establecido en el artículo 18 de la Ley de 16 de diciembre de 1954, de Expropiación Forzosa y artículos 17 y 18 de su Reglamento (Decreto de 26 de abril de 1957), por el plazo de veinte (20) días hábiles contados a partir de la publicación del presente anuncio en el último de los Boletines en que se ha de publicar, Boletín Oficial del Estado y Boletín Oficial de la Provincia de Burgos a fin de que los que se consideren perjudicados por las obras que se prevén puedan formular las alegaciones que estimen oportunas. En este sentido, se hace constar que en las publicaciones en los precitados boletines figurarán expresamente las relaciones individualizadas de titulares y de los bienes y derechos afectados.
El proyecto constructivo, la relación de bienes y derechos afectados y los planos parcelarios podrán ser examinados en la Subdelegación del Gobierno en Burgos, sita C/ Vitoria, nº 34, 09071 Burgos y en la oficina de la Sociedad Estatal "Aguas de las Cuencas de España, S.A.", sita en C/ Duque de la Victoria, nº 20, 1ª planta (Valladolid). Asimismo, tanto la relación de bienes y derechos afectados como los planos parcelarios también podrán ser examinados en las dependencias del Ayuntamiento de Burgos.
Relación de bienes y derechos afectados "Ampliación EDAR de Burgos. Acondicionamiento de las riberas del Arlanzón y Ubierna a su paso por la EDAR y adecuación paisajística del colector de llegada".
Superficie |
Afectada |
|||||||
Nº de Orden |
Término Municipal |
Polígono |
Parcela |
Clasificación Catastral |
Uso o Aprovechamiento |
Titular |
Ocupación Definitiva |
Ocupación Temporal |
1 |
Burgos |
54 |
9021 |
Rústico |
VT- Vial |
Ayuntamiento de Burgos |
1.107,00 |
1.714,00 |
2 |
Burgos |
54 |
9003 |
Rústico |
HG-Río |
Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente |
3.349,00 |
398,00 |
3 |
Burgos |
54 |
520 |
Rústico |
Ri-Árboles de Ribera |
Ayuntamiento de Burgos |
559,00 |
0,00 |
4 |
Burgos |
54 |
9050 |
Rústico |
OT-Otros |
Ayuntamiento de Burgos |
276,00 |
1.546,00 |
5 |
Burgos |
54 |
9028 |
Rústico |
VT- Vial |
Ayuntamiento de Burgos |
32,00 |
464,00 |
6 |
Burgos |
54 |
393 |
Rústico |
CR-Labor regadío |
Pedro Iglesia Rogel |
23,00 |
163,00 |
7 |
Burgos |
54 |
9029 |
Rústico |
VT- Vial |
Ayuntamiento de Burgos |
17,00 |
108,00 |
8 |
Burgos |
54 |
9051 |
Rústico |
VT- Vial |
Ayuntamiento de Burgos |
426,00 |
590,00 |
9 |
Burgos |
6402801VM3960S |
Urbano |
Sin identificar |
Ayuntamiento de Burgos |
40,00 |
329,00 |
Valladolid, 16 de abril de 2015.- El Secretario General de la Confederación Hidrográfica del Duero, Elías Sanjuán de la Fuente.
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