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Documento BOE-B-2015-13086

LAS PALMAS DE GRAN CANARIA

Publicado en:
«BOE» núm. 100, de 27 de abril de 2015, páginas 18152 a 18152 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2015-13086

TEXTO

Edicto

Don Eduardo José Rebollo Sanz, Secretario judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Las Palmas de Gran Canaria,

Por el presente se hace saber que en el procedimiento concursal 0000092/2015, seguido a instancias del Procurador don Eduardo Tomás Briganty Rodríguez, en nombre y representación de RESIDENCIAL URETA, S.L.. con CIF: B-35786417, se ha dictado Auto el día 24 de marzo de 2015, en cuya parte dispositiva constan, entre otros, los siguientes extremos:

Se declara el concurso de RESIDENCIAL URETA, S.L., con CIF n.º B35786417, el que se tramitará por el procedimiento abreviado.

A los efectos oportunos, el presente concurso, tiene el carácter de voluntario.

Conforme prevé el artículo 23 de la Ley Concursal el presente edicto se insertará en el Registro Público concursal y se publicará en el Boletín Oficial del Estado.

Se designan como Administradores del concurso a: LEX Y TRIBUTUM CONSULTORES, S.C.P., comunicando que la persona natural para desempeñar el cargo de Administrador concursal es do Sergio Alberto Artiles Rodriguez como titulado mercantil, el cual ha designado como domicilio postal el de c/ Concejal García Feo, n.º 1 – Local B- y código postal 35011 de Las Palmas de Gran Canaria, teléfono 928 228004 y FAX 901707996, así como Dirección electrónica: residencialureta@lexytributum.com

En cuanto a los efectos sobre las facultades de administración y disposición del deudor respecto a su patrimonio, se acuerda; Intervención.

Llámese a los acreedores para que pongan en conocimiento de la Administración concursal la existencia de sus créditos en el plazo de un mes a contar desde el siguiente a la publicación en el "Boletín Oficial del Estado" del Auto de declaración de concurso, conforme a lo previsto en el artículo 23 de la Ley 22/2003, de 9 de julio, Concursal en el domicilio designado por la Administración Concursal y en la forma prevista en el artículo 85 de la mentada Ley.

Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC).

Y para que sirva de publicación a los efectos acordados en el Auto dictado, así como de notificación a los acreedores y al deudor en el caso de que éste no hubiere comparecido, de conformidad a lo establecido en el artículo 21.5 y 23 de la Ley Concursal, se expide el presente Edicto.

Las Palmas de Gran Canaria, 14 de abril de 2015.- Secretario judicial.

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