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Documento BOE-B-2015-1350

BARCELONA

Publicado en:
«BOE» núm. 17, de 20 de enero de 2015, páginas 1864 a 1865 (2 págs.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2015-1350

TEXTO

Don Francisco Velasco García-Plata Secretario del Juzgado Mercantil número 5 de Barcelona, dicto el presente edicto:

Juzgado.- Mercantil número 5 de Barcelona, Gran Vía de les Corts Catalenes n.º 111 Edificio C, 12.ª planta.

Número de asunto.- Concurso voluntario 657/14 5.ª

Tipo de concurso.- voluntario

Entidad instante del concurso ON LINE DESIGN MARKET, S.L. y NIF.- B65836785

Fecha del auto de declaración y de apertura de la fase de liquidación.- 15 de octubre de 2014

Administradores concursales.- KPMG Abogados SL con CIF B78503778, domiciliada en Plaza Europa 41-43 de Hospitalet de Llobregat como administrador concursal, con correo electrónico jdeolano@kpmg.es, telefono 93.253.29.03 y fax 93.289.29.00 designado por dicha entidad como persona física Don José Eduardo de Olano Gavin con DNI 47.651.333W

Forma de personación: Los acreedores pueden personarse en el proceso por medio de abogado y procurador.

Régimen de suspensión las facultades de la concursada

Llamamiento a los acreedores.- Los acreedores de la concursada deberán poner en conocimiento de la administración concursal en el domicilio designado al efecto o remitirse a dicho domicilio. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos. La comunicación expresará el nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimientos, características y califiación que se pretenda.Si se invocare un priviliegio especial se indicarán además, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso los datos registrales. También se señalará un domicilio o una dirección electrónica para que la administración concursal practique cuantas comunicaciones resulten necesarias o convenientes. Se acompañará copia en forma electrónica en caso de que se haya optado por esa forma de comunicación, del título o documentos relativos al crédito.

El plazo será de un mes a contar desde la última de las publicaciones.

Examen de los autos: Los acreedores no personados pueden acudir personalmente a este Juzgado y solicitar el examen de aquellos documentos o informes que consten sobre sus respectivos céditos o hacerlo por medio de abogado o procurador que autoricen al efecto sin necesidad de personarse.

Dado que ha sido declarada en dicha resolución la apertura de la fase de liquidación, se ha acordado que queda en suspenso las facultades de administración y disposición del concursado sobre su patrimonio

Se declara disuelta la sociedad concursada y se ordena que cesen en el ejercicio de sus cargos sus administradores o liquidadores que serán sustituidos por la administración concursal.

Barcelona, 21 de octubre de 2014.- El Secretario Judicial.

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