El Juzgado de lo mercantil nº 6 de Madrid anuncia:
Que el procedimiento concursal número Concurso Voluntario 748/13, referente al concursado Ribereña de Vivienda Social, S.L., por auto de fecha 8 de Octubre de 2014 ha acordado los siguiente:
1.- Dejar sin efecto la fase de convenio acordada por auto de 1 de abril de 2014, por falta de quorum en la constitución.
2.- Dejar sin efecto, consecuentemente, el señalamiento de la Junta de acreedores para el día 7 de octubre de 2014.
3.- Abrir, de oficio, la fase de liquidación, conforme a lo ordenado en los artículos 114.3 y 143.10 de la LC.
4.- Acordar la suspensión de las facultades de administración y disposición del concursado sobre su patrimonio.
Madrid, 8 de octubre de 2014.- El Secretario Judicial.
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