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De conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, habiéndose intentado la notificación a los interesados, sin que haya podido practicarse la misma por causas no imputables a la Administración, por el presente edicto se pone en conocimiento de la empresa Auxiliar Renovable, Sociedad Limitada, titular del expediente C/931/P05 (I. 138/14), que con fecha 19/02/2015, la Dirección General de Fondos Comunitarios del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas, ha acordado iniciar expediente de incumplimiento, al estimar que la entidad no ha cumplido las condiciones de la Resolución Individual de concesión de incentivos Regionales de fecha 13/01/2010, relativas a:
-Fondos propios.
-Empleo.
-Inversión.
-Acreditación del cumplimiento de las obligaciones frente a la Seguridad Social.
-Acreditación del cumplimiento de las obligaciones Fiscales.
-Normativa medioambiental, de accesibilidad de discapacitados y otras.
El expediente se pone de manifiesto a la entidad, en este Centro Directivo, sito en Madrid, Pº de la Castellana, 162, planta 21, despacho 02, previa petición de hora a los teléfonos 915 834 903 ó 915 834 939, de lunes a viernes de 9 a 14 horas, y se le concede un plazo de quince días, para que alegue y presente los documentos y justificantes que estime pertinentes a su derecho.
Madrid, 26 de marzo de 2015.- El Subdirector General de Inspección y Control.
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