Está Vd. en

Documento BOE-B-2015-14952

BARCELONA

Publicado en:
«BOE» núm. 113, de 12 de mayo de 2015, páginas 20725 a 20725 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2015-14952

TEXTO

Don José María Valls Soriano, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercanrtil número 2 de los de Barcelona y provincia,

Hago saber: Que en dicho Juzgado se tramita el proceso concursal 164/2015, en el que se ha dictado con fecha 25 de marzo de 2015, auto declarando en estado de concurso a D.ª Emilia Ballbé Sala, con NIF n.º 45644166E y mandando darle publicidad con los siguientes datos:

NIG del procedimiento: 08019- 47 - 1- 2014- 8002563.

Tipo de concurso: Voluntario. Se ordena la intervención por la administración concursal de las facultades de administración y disposición de la entidad en concurso.

Concursada: Emilia Ballbé Sala, con domicilio en calle Sant Llorenç, n.º 91 de Matadepera.

Administrador concursal: D. Joauqim Sarrate Pou, con domicilio en Av. Diagonal, n.º 611, 8.º de Barcelona con correo electrónico comunicacion.barcelona@pluta.es

Forma de personación: Los acreedores pueden personarse en el proceso por medio de Abogado y Procurador.

Llamamiento a los acreedores y comunicación de créditos conforme al art. 85 de la Ley Concursal: Los acreedores de la concursada deberán poner en conocimiento de la administración concursal en el domicilio designado al efecto o remitirse a dicho domicilio. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos. La comunicación expresará el nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda. Si se invocare un privilegio especial se indicarán además, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso de los datos registrales. También se señalará un domicilio o una dirección electrónica para que la administración concursal practique cuantas comunicaciones resulten necesarias o convenientes. Se acompañará copia en forma electrónica en caso de que se haya optado por esa forma de comunicación, de título o documentos relativos al crédito.

El plazo será de un mes a contar desde la última de las publicaciones.

Examen de los autos: Los acreedores no personados pueden acudir personalmente a esta Secretaría Judicial y solicitar el examen de aquellos documentos o informe que consten sobre sus respectivos créditos o hacerlo por medio de Abogado o Procurador que autoricen al efecto sin necesidad de personarse.

Barcelona, 2 de abril de 2015.- El Secretario Judicial.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid