Edicto
Doña Ana María Lacalle Espallardo, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Murcia, por el presente,
Hago saber: Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el n.º incidente 181 concurso 292/2008 pieza 1, se ha dictado en fecha 2/3/15 sentencia declarando la conclusión del concurso del deudor Tránsitos y Aduanas del Mediterráneo, S.L., con CIF B-81174567, con el siguiente literal:
Debo declarar y declaro finalizada la fase de liquidación y la conclusión y archivo del concurso de acreedores de Tránsitos y Aduanas del Mediterráneo, S.L..
Una vez firme esta resolución expídanse los despachos establecidos en el artículo 177.3 y 178.3 de la Ley Concursal acordando la cancelación de su inscripción el los oportunos Registros Públicos.
Cesan las limitaciones de las facultades de administración y disposición, quedando el deudor responsable del pago de los créditos restantes
Los acreedores podrán iniciar o continuar ejecuciones singulares en tanto no se acuerde la reapertura del concurso.
Murcia,, 28 de abril de 2015.- La Secretaria Judicial.
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