Contido non dispoñible en galego
Luis Miguel Gonzalo Capellín, Secretario del Juzgado Mercantil n.º 1 de Barcelona
Por el presente hago saber que en el Concurso voluntario tramitado bajo el n.º 810/2012-B, de la entidad mercantil Puig Janer, S.L., con CIF B08540585 se ha dictado auto de fecha 2 de abril de 2015 en el cual se acuerda la Conclusión del presente Concurso por insuficiencia de bienes de la concursada, acordándose así mismo la extinción y cancelación de la inscripción registral de la concursada Puig Janer, S.L., así como la inscripción de conclusión del concurso y la extinción de la sociedad en el Registro publico correspondiente y la publicación de dicha resolución en el BOE. Igualmente en dicho auto se acuerda el cese de la Administración concursal desde la publicación del mismo aprobando la rendición de cuentas formulada por la administración concursal.
Barcelona, 7 de abril de 2015.- El Secretario Judicial.
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