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Documento BOE-B-2015-15542

CÓRDOBA

Publicado en:
«BOE» núm. 118, de 18 de mayo de 2015, páginas 21541 a 21541 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2015-15542

TEXTO

Procedimiento: Concurso Abreviado 558.05/2012 - Negociado: D3.

De: Palos y Serrín, S.A.

Edicto.

Doña Violeta Jurado Aranda, Secretaria judicial del Juzgado de lo Mercantil núm. 1 de Córdoba, anuncia:

Que en el procedimiento concursal de referencia y en el día de la fecha, se ha dictado Auto aprobando el plan de liquidación presentado por la administración concursal, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

Se aprueba el plan de liquidación presentado por la administración concursal, al que deberán atenerse las operaciones de liquidación de la masa activa; ajustándose en lo no previsto a las reglas de los artículos 149 a 151 de la Ley Concursal.

Fórmese la sección sexta, de calificación, del concurso, que se encabezará con testimonio de esta sentencia y a la que se incorporarán testimonios de la solicitud de declaración de concurso, de la documentación que hubiera presentado el deudor con su solicitud y a requerimiento del juez, y del auto de declaración de concurso. Dentro de los diez días siguientes a la última publicación de esta resolución, cualquier acreedor o persona que acredite interés legítimo podrá personarse en la sección alegando por escrito cuanto considere relevante para la calificación del concurso como culpable.

Líbrese mandamiento por duplicado al Registro Mercantil de Córdoba para anotación preventiva de lo resuelto, conforme al artículo 320.1 c) del Reglamento del Registro Mercantil; y una vez firme este auto, para su inscripción.

Notifíquese la presente resolución a las partes personadas y a la administración concursal, haciéndoles saber que contra la misma cabe interponer recurso de apelación, en el plazo de veinte días, ante este mismo Juzgado, para ante la Ilustrísima Audiencia Provincial de Córdoba, en la forma prevista en los artículos 457 y siguientes de la Ley de Enjuiciamiento Civil.

As, por este auto lo acuerda, manda y firma el Ilustrísimo señor don Fernando Cabalero García, Magistrado Juez del Juzgado de lo Mercantil número 1 de Córdoba. Doy fe.

Y en cumplimiento de lo acordado, expido el presente para su publicación, en

Córdoba, 14 de abril de 2015.- La Secretaria.

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