Al no haber sido posible practicar la notificación en el último domicilio del interesado, conocido por esta Subdirección General y dando cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, por el presente anuncio se notifica el acuerdo de ejecución del fallo de la sentencia del Juzgado Central de lo Contenciosos Administrativo número 2: "que se retrotraiga la solicitud de asilo a su momento inicial y se le proporcione asistencia jurídica gratuita y asistencia de intérprete a L.SO., NIE X-9096976-Q, número de expediente 083010080010"; se emplaza al citado a acudir a la Oficina de Asilo y Refugio o bien a la Oficina de Extranjeros más cercana a su domicilio con el fin de realizar una nueva entrevista de solicitud de asilo, con asistencia de abogado e intérprete por ser este trámite indispensable para la Instrucción y Resolución de su solicitud de protección internacional.
Se le comunica que transcurridos tres meses desde la publicación de este anuncio, sin que se haya puesto en contacto con la autoridad competente de asilo, se producirá la caducidad de su expediente (Art. 92 Ley 30/1992. L.R.J.P.A.C.).
Madrid, 6 de mayo de 2015.- La Subdirectora General de Asilo.
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